Se trata de Carlos Rodolfo Carrara, de 57 años. Vulneró a la víctima en reiteradas oportunidades de 2016, cuando ella cursaba la última parte de la escuela primaria. La investigación que permitió llegar a la condena estuvo a cargo del fiscal Leandro Benegas.
Benegas sostuvo que “el condenado llevó a cabo su conducta delictiva entre mayo y julio de 2016, cuando la víctima transitaba la última parte de la escuela primaria”. En tal sentido, indicó que “la vulneró en reiteradas oportunidades en una vivienda”.
Afirmó que “Carrara era vecino de la niña y solía encargarse de su cuidado por las mañanas, circunstancia que aprovechó para agredirla sexualmente”. En tal sentido, remarcó que “la víctima estaba en una situación de extrema vulnerabilidad”.
Asimismo, el fiscal señaló que “dadas las edades del condenado y de la niña y las características de los hechos ilícitos, lo ocurrido alteró el normal y progresivo desarrollo sexual de la víctima”.
Calificación penal
Carrara fue condenado como autor de abuso sexual con acceso carnal agravado (por haber ocasionado un grave daño en la salud mental y física de la víctima, y por la calidad de guardador) y de promoción a la corrupción de menores calificada (por la edad de la niña).
La pena fue resuelta por el juez Gustavo Gon, en el marco de un juicio en el que se abreviaron los procedimientos que tuvo lugar en los tribunales de Vera.
La Defensa aceptó la calificación penal propuesta por el MPA, la pena a 10 años de prisión y la modalidad del juicio.