El magistrado no hizo lugar al pedido de la fiscalía y defensa.
El juez penal Santiago Banegas no permitió que el caso que investiga la participación del policía Iván Barrientos, comisario supervisor y exjefe de la comisaría de Fortín Olmos, en la megacausa por juego ilegal en el norte santafesino se resuelva mediante la suspensión de juicio a prueba – esto es, un acuerdo entre partes para que realice tareas comunitarias – por entender que “sin bien había un acuerdo de partes, correspondía rechazarlo básicamente porque no estaban dadas las condiciones para que el acuerdo prospere”.
Sobre su decisión, el magistrado dijo a InfoVera que “los jueces tenemos que analizar al momento la posibilidad de juicio a prueba que se debe realizar un control de legalidad, que se llama, es decir que el acuerdo que se trae a homologación sea conforme a derecho”.
Agregó que en este caso en particular hubo hay una oposición por parte de la querella porque, en representación de la Fiscalía de Estado de la provincia, entendía que “no correspondía la suspensión de juicio a prueba para un funcionario público, a quien se le había imputado el hecho en el ejercicio de su función pública”.
El magistrado sostuvo que “si bien considero que nuestro Código Procesal Penal admite este tipo de salidas alternativas para funcionarios públicos, necesariamente cuando el delito establece una pena de inhabilitación ésta se tiene que imponer. La pena de inhabilitación para el delito de cohecho, que era el delito imputado a esta persona es perpetua para ejercer cargos públicos”.
Sobre esa arista del caso, reseñó que las partes habían acordado una suerte de “solución light” que le impedía a este funcionario policial ejercer controles sobre el juego clandestino y lo obligaban a realizar tareas administrativas por el plazo de un año. O sea, “se modificada la extensión temporal y cuantitativa de la inhabilitación”, explicó, para luego sentenciar: “Entendí que esto no era conforme a derecho, basado en que este tipo de están pensados para funcionarios públicos que no tienen las condiciones éticas necesarias para ejercer la función pública sigan ejerciéndola”.
“Por estas razones entendí que no estaban dadas las condiciones, máxime que el Ministerio Público había presentado una acusación en la cual decía que contaba con elementos para lograr una condena por varios delitos, entre ellos el de cohecho. Es decir, cuando el fiscal terminó la investigación entendió que tenía elementos suficientes para lograr una condena. Entonces, no me satisfizo la explicación de que ahora no tenía más estos elementos y, por lo tanto, pretendía una suspensión del proceso a prueba, y por eso rechacé la salida alternativa propuesta”, argumentó el juez Banegas.
Apelación
Por su parte, el fiscal regional Rubén Martínez, a cargo de la acusación, adelantó que “ahora, seguramente apelaremos para que se tome una decisión al respecto. En situaciones similares de funcionarios públicos hay muchos casos donde se ha hecho lugar, como también hay jurisprudencia de que no corresponde la aplicación”.
El jefe de los fiscales del noreste provincial contó que “la dificultad que teníamos en un juicio de 36 personas acusadas las probanzas se entrecruzan, salió el arreglo con 35 personas distintas, con 21 acusaciones con condenas, 13 suspensiones de juicio a prueba y un criterio de oportunidad, se arregló resarcimientos para la provincia y la única cuestión que quedaba era de la Barrientos”.
Ahora bien, consignó el funcionario, muchas de las probanzas que se podían realizar en el expediente tenían que ver con esa situación, al haber arreglado con condenas los 21 juicios abreviados y las suspensiones de juicio a prueba de alguna manera “había quedado desnaturalizado el proceso, por lo tanto, algunos delitos no los íbamos a poder probar y eso ocasionó que debamos reducir la calificación legal y ofrecer una salida a prueba. Porque si no lo hacíamos, nos íbamos a encontrar que la defensa iba a pedir la suspensión del juicio a prueba”.
El regional se mostró en desacuerdo con la resolución de juez Banegas: “Apelaremos y la Cámara decidirá. Nosotros no hacemos nada alegremente, salvo trabajar. Lo que hacemos es producto de un análisis y muchas veces nuestra objetividad a la hora de hacer las mociones choca con el propio sentimiento de creer que una persona es culpable, pero el juez no me va creer si no se lo puedo probar”.