
La Justicia rechazó el pedido de la empresa para excluir al Banco Nación del cómputo de las mayorías y dio por concluido el período de exclusividad sin que se alcanzara el acuerdo preventivo. Ahora se abre el procedimiento de salvataje, que permitirá que acreedores, trabajadores organizados en cooperativa o terceros interesados se presenten para intentar adquirir el capital de la compañía. La resolución expone además una delicada situación económica y financiera de la firma.
El futuro de Algodonera Avellaneda S.A. ingresó en una nueva y decisiva etapa judicial. El Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Segunda Nominación de Reconquista resolvió este 14 de septiembre rechazar el planteo mediante el cual la compañía pretendía excluir al Banco de la Nación Argentina (BNA) del cómputo de las mayorías necesarias para alcanzar un acuerdo en su concurso preventivo.
La decisión tiene una consecuencia central: al determinarse que Algodonera Avellaneda no consiguió las mayorías de capital exigidas por la Ley de Concursos y Quiebras, el juez Fabián Lorenzini dispuso abrir el denominado procedimiento de salvataje, previsto por el artículo 48 de esa normativa.
Se trata de una instancia crucial para intentar preservar la continuidad de la empresa y evitar un escenario liquidativo.
Algodonera Avellaneda había solicitado que el BNA fuera considerado un “acreedor hostil” y que, en consecuencia, su crédito quedara afuera del cálculo de las mayorías.
La importancia del planteo era determinante: el crédito verificado y admisible del Banco Nación asciende a $1.585 millones y más de 260 millones de dólares, representando más del 80% del pasivo quirografario computable.
La empresa argumentó que la negativa del banco a acompañar las distintas alternativas presentadas constituía un ejercicio abusivo de su posición dominante.
El juez, sin embargo, no compartió esa postura. En la resolución sostuvo que no se acreditó una hostilidad indudable del Banco Nación contra Algodonera Avellaneda ni contra el resto de los acreedores, como tampoco que la entidad hubiera actuado con intención de provocar un daño.
El magistrado reconoció que el BNA posee una posición predominante debido al volumen de su acreencia, pero señaló que esa circunstancia, por sí sola, no constituye una conducta abusiva.
Además, destacó que el banco participó de las audiencias y reuniones convocadas, analizó las diferentes propuestas e incluso intervino en la contratación del seguro de la planta industrial para preservar sus activos.
No hubo acuerdo
Previamente, la Justicia había intentado una última alternativa para evitar este desenlace. El pasado 3 de julio se había diferido la decisión sobre la exclusión del Banco Nación y otorgado un plazo extraordinario hasta el 10 de agosto, mediante una denominada “tercera vía”, buscando generar condiciones para alcanzar un acuerdo que permitiera la continuidad de la empresa.
Las negociaciones continuaron, pero finalmente no prosperaron. El Banco Nación argumentó que no podía conceder quitas de capital ni aceptar determinados plazos de pago debido a las obligaciones establecidas en su Carta Orgánica y al deber de preservar el patrimonio estatal.
La resolución concluye así que el período de exclusividad terminó sin alcanzar las dobles mayorías necesarias para homologar judicialmente el acuerdo preventivo.
$6.800 millones
Pero el fallo judicial va más allá de la controversia entre Algodonera Avellaneda y el Banco Nación y expone datos que muestran la profundidad de la crisis de la histórica industria.
Según el informe de la Sindicatura citado en la resolución, Algodonera Avellaneda generó un pasivo posconcursal proyectado de $6.818.717.040,87, correspondiente a los períodos 2025-2026.
Esas obligaciones se originan en deudas por energía eléctrica, impuestos y cuestiones laborales. La situación operativa tampoco resulta sencilla.
60% de su capacidad
La resolución señala que actualmente la planta industrial se encuentra trabajando aproximadamente al 60% de su capacidad, debido a inconvenientes en la maquinaria de hilandería.
La actividad se mantiene mediante contratos de fazón, cuyos ingresos son destinados al pago de salarios, pero sin generar márgenes suficientes para cancelar el pasivo verificado.
A ello se suma otro dato de relevancia: la compañía registra un patrimonio neto negativo, con un pasivo que supera significativamente el valor de sus activos.
El fallo también menciona la falta de un acuerdo con los trabajadores que obtenga la correspondiente homologación del Ministerio de Trabajo provincial, situación que genera, según expresa la propia resolución, una “enorme incertidumbre” sobre el futuro de los asalariados y sobre cualquier proyecto de continuidad empresaria.
Se abre el salvataje
Frente a este escenario, la Justicia resolvió activar el mecanismo previsto en el artículo 48 de la Ley de Concursos y Quiebras.
Podrán inscribirse en el registro de interesados acreedores, una cooperativa de trabajadores constituida o en formación y terceros, quienes podrán realizar una oferta para adquirir las cuotas de capital de Algodonera Avellaneda y procurar las mayorías necesarias para alcanzar un acuerdo preventivo.
La propia Algodonera Avellaneda también podrá participar del procedimiento sin necesidad de inscripción previa, aunque deberá manifestar expresamente su voluntad de hacerlo dentro del expediente.
Las fechas clave
La resolución estableció un período concreto e improrrogable para quienes pretendan ingresar al proceso de salvataje. El registro comenzará a recibir inscripciones desde las 7:30 del martes 29 de septiembre de 2026 y permanecerá abierto hasta las 12:30 del lunes 5 de octubre. El plazo será de cinco días hábiles judiciales y fue expresamente definido como “perentorio e improrrogable”.
La Justicia ordenó además publicar edictos durante cinco días en el Boletín Oficial de Santa Fe, en un medio de amplia circulación provincial y en otro de alcance nacional, además de permitir una amplia difusión a través de medios digitales, cámaras empresariales, centros industriales y bolsas.
Condiciones
Otro punto significativo de la resolución es que no cualquier interesado podrá ingresar sin acreditar determinadas condiciones. La Sindicatura deberá elaborar dentro de las próximas 72 horas el listado de requisitos excluyentes.
Entre ellos, el juez anticipó que será indispensable acreditar trayectoria en el rubro textil, canales de comercialización abiertos y activos y la conducta tributaria de los últimos cinco años. También deberá determinarse la suma que tendrá que depositar cada interesado al solicitar su inscripción.
Una instancia decisiva
La resolución abre así uno de los capítulos más importantes desde que Algodonera Avellaneda ingresó en concurso preventivo.
La Justicia incluso reconoce en su pronunciamiento el esfuerzo realizado por la compañía para enfrentar las dificultades macroeconómicas actuales, pero también hace referencia a las consecuencias de una administración societaria precedente que califica como “temeraria” respecto de los activos e “irreflexiva” en relación con el endeudamiento asumido.
Con el acuerdo preventivo frustrado y descartada judicialmente la exclusión del Banco Nación, el salvataje aparece ahora como la nueva instancia para buscar la continuidad de Algodonera Avellaneda.
A partir del 29 de septiembre comenzará a conocerse si existen empresarios, inversores, acreedores o una organización de trabajadores dispuestos a ingresar al proceso y presentar una alternativa capaz de garantizar la continuidad de una de las industrias de mayor relevancia para el norte santafesino.

























