
Tras la condena a Ramón Alberto Villanueva, de 63 años, a cinco años de prisión en el marco de un juicio oral llevado a cabo en los tribunales de Vera, el fiscal Valentín Hereñú, que representó al MPA en el debate, adelantó que pedirá la revisión del fallo en segunda instancia debido a que “si bien valoramos la sentencia condenatoria, entendemos que el tribunal no dio por acreditada la intención femicida”, según afirmó.
El ilícito fue cometido con un arma blanca en la localidad de La Gallareta y, de acuerdo con las pruebas de la Fiscalía, el condenado ya había amenazado de muerte a la mujer mientras le exhibía una cuchilla.
Ante esas declaraciones, los abogados defensores de Villanueva se manifestaron en contraposición a las declaraciones del fiscal Hereñú.
“Creemos -dijeron los doctores Sixto González y Agustín Bergel-, que la Fiscalía no logró sostener con pruebas la acusación contra quien asistimos y mucho menos sostener la excesiva pena que pretendió se le imponga. El animus homicida del imputado no pudo acreditarse porque el MPA produjo 8 de las 23 probanzas que ofreció y eso no arribó al convencimiento del Tribunal”.
Por el contrario, sostuvieron los letrados, “esta defensa sí acercó al debate lo que sostuvo como teoría del caso. Que se trataba de una reyerta de pareja con lesiones recíprocas que desechaban de plano un conato de muerte y que era más victima Villanueva que la presunta víctima”.
Concluyeron que “para ir a un juicio no basta con el mero ánimo incriminatorio sino que hay que valerse de elementos fehacientes en concreto que perforen la presunción del in dubio pro reo“.
“Es un derecho de las partes apelar un fallo por sentirse agraviado, lo cual no nos preocupa, porque estamos seguros de la inocencia de nuestro cliente”, aseguraron.
El tribunal que tuvo a su cargo la conducción del debate estuvo integrado por la jueza Norma Senn y los jueces Martín Gauna Chapero y Gonzalo Basualdo, quienes brindarán los fundamentos de su decisión por escrito en los próximos días.