
El máximo Tribunal santafesino – integrado- rechazó la queja de la exmagistrada de Reconquista, Ileana Sinchez, y dejó firme su remoción. Violencia laboral, mobbing e invisibilización de personas vulnerables fueron los graves cargos en su contra. También fue acusada de prolongar inexplicablemente los plazos procesales.
La Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe resolvió, el pasado 11 de agosto de 2025, rechazar la queja presentada por Ileana Judit Sinchez, exjueza de Familia de Reconquista, quien había cuestionado la decisión del Tribunal de Enjuiciamiento de Magistrados que la destituyó el 5 diciembre de 2023.
En su resolución, el cuerpo integrado por el presidente Daniel Aníbal Erbetta, e integrado a sus efectos por los ministros Roberto Héctor Falistocco, Eduardo Guillermo Spuler, Rafael Francisco Gutiérrez, Mario Luis Netri, María Angélica Gastaldi; y por los legisladores Joaquín Raúl Gramajo (en representación del Senado) y Georgina Orciani (en representación de la Cámara de Diputados); y por los abogados de la matrícula Miguel Murtagh y Lilia Sosa Gerelli, había resuelto destituir a la magistrada por graves faltas en el ejercicio de su gestión.
Los cargos, que se dieron por probados, incluyeron incumplimiento de plazos procesales en el fuero de Familia, evaluado por el Tribunal como reiterado y sin justificación válida; ejercicio inadecuado de sus potestades jerárquicas, configurando un trato considerado como violencia laboral hacia empleados y funcionarios; conducta incompatible con el decoro y la responsabilidad judicial, lo que comprometía la confianza pública en su función; y la carencia de respeto y autoridad en el ejercicio del cargo, entendida no como el uso legítimo de facultades disciplinarias, sino como un accionar que conculcaba valores esenciales de la magistratura.
En síntesis, la destitución se basó en mal desempeño de funciones, incumplimiento reiterado de deberes, trato inapropiado a subordinados y pérdida de confianza pública, encuadrados legalmente en las causales de falta de decoro y mal desempeño del art. 7 de la ley 7050.
Sinchez atacó el decisorio con un recurso de inconstitucionalidad, desestimado por el Tribunal de Enjuiciamiento, bajo el argumento de que en el proceso se habían vulnerado las garantías de defensa en juicio y debido proceso, alegando que se le denegaron pruebas testimoniales e informativas, y que se valoraron de manera arbitraria los elementos presentados. También sostuvo que existía una situación de “gravedad institucional” vinculada a la interpretación de la ley de violencia laboral en el ámbito del Poder Judicial.
Ante la negativa, la jueza acudió a la Corte con un recurso de queja. El Alto Cuerpo -integrado por los abogados Andrés, Alvira, Curik, Llaudet, Maza, Restovich y Román – rechazó la queja interpuesta por entender que la exmagistrada norteña repitió los mismos argumentos ya rechazados en instancias anteriores y que no logró rebatir los fundamentos dados por el Tribunal de Enjuiciamiento al denegarle el recurso de inconstitucionalidad.
En su fallo, el máximo Tribunal provincial destacó que no se acreditó una grave violación al derecho de defensa ni al debido proceso, y que los planteos de Sinchez se reducían a “meras discrepancias” con lo resuelto. Asimismo, remarcó que las pruebas rechazadas habían sido consideradas inconducentes y que el número de testigos admitidos respetó la paridad con la acusación.
Caso cerrado
Con esta decisión, la Corte santafesina dejó firme la destitución de Ileana Judit Sinchez, quien había sido separada de su cargo por el Tribunal de Enjuiciamiento en base a las previsiones del artículo 7 de la ley 7050 (modificada por leyes 11.115 y 12.949), al considerar que su conducta comprometió la confianza pública y el decoro exigido a la función judicial.
La firmeza de la destitución de la jueza Sinchez fue tomada como una buena noticia por el ambiente judicial del norte santafesino en atención que el Juzgado de Familia queda definitivamente vacante y ese conlleva que se activarán los resortes institucionales para cubrir un fuero que tramita 2.000 causas anuales, de las cuales aproximadamente el 35 % están vinculadas a situaciones de violencia.
En un dictamen de 100 fojas fechado el 15 de marzo, el procurador de la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe, Jorge Barraguirre, en el marco del proceso de enjuiciamiento a la jueza Ileana Elisabeth Sinchez, ofreció pruebas documentales y le atribuyó “ignorancia del derecho” e “incumplimiento reiterado” de las obligaciones del cargo.
Barraguirre sustentó su acusación en contra de la Dra. Ileana Elisabeth Sinchez en las actuaciones iniciadas por la procuración a raíz de diversas investigaciones que han “permitido identificar un patrón de conducta manifiestamente antifuncional en el que incurrió la magistrada”.
Las conductas reprochadas a la funcionaria judicial fueron englobadas en grupos por el acusador, entre los cuales figuraron el (mal) trato dispensado a personal de su juzgado como así también a funcionarios del Poder Judicial, profesionales y justiciables; el trámite de denuncias como así también en relación a medidas autosatisfactivas específicamente en materia de inclusión.
También sumó las afectaciones de derechos a niños y adolescentes por no resolver procesos en tiempo y forma; y las afectaciones a los derechos de personas extremadamente vulnerables con capacidad restringida, incapaces o por incumplimiento de normas sociales que rigen el proceso de restricción del ejercicio de la capacidad.
“(..) los deberes cuya omisión se acusa son tan claros que resulta imposible imaginar una justificación razonable”, apuntó el Dr. Barraguirre, y agregó que “las acciones y omisiones de la magistrada en violación de las normas son tan claras que a juicio de esta Procuraduría no requieren valoraciones complejas”.
“Escandaloso abandono”
“Los incumplimientos que se le achacan tuvieron como destinatarios a sujetos especialmente vulnerables niñas, niños y adolescentes, víctimas de violencia de género y familia, sujetos con afectaciones a su salud mental y con capacidad restringida”, aseveró, en tanto se pronunció porque “las cinco inconductas tienen, sin lugar a dudas, mérito suficiente para que se disponga la destitución de la doctora Sinchez”. Fue un “escandaloso abandono”, se indignó.
Le atribuyó “generar un ambiente de trabajo insalubre muy difícil de tolerar”, con un comportamiento de “hostigamiento vengativo” y de falta de respeto hacia casi todo el equipo de trabajo de su juzgado, así como a abogados e incluso a funcionarios de otras dependencias.
Además, citó la declaración de una empleada del Juzgado de Familia (R. A.) para evidenciar, respecto de las guardas adoptivas, que la magistrada había abandonado absolutamente su deber de decidir en estas causas: “Los dejaba retenidos, no sé, no resolvía a pesar de la urgencia de los casos, la Ley de Infancias es muy clara, indica que hay tiempo para resolver cuestiones de la infancia, no podés estar tres o cuatro años para resolver estas cuestiones”.
Clima de tensión
En sus denuncias, que originaron las actuaciones, los empleados del Juzgado de Familia de Reconquista, apuntaron contra la jueza Sinchez por “maltratos, gritos, insultos, agresiones, clima de tensión constante y un carácter imposible, intratable y agresivo” que habría provocado entre ellos cuadros de “apatía, estrés, gastritis nerviosa y miedo”, con patologías psiquiátricas diagnosticadas por profesionales médicos.
Asimismo, denunciaron el “pésimo desempeño en cuestiones atinentes a personas en estado de vulnerabilidad”, que las “invisibilizan y neutralizan”, y apuntaron que “llama la atención la poca cantidad de adopciones que se resuelven en el juzgado y los extensos e innecesarios procesos” por los cuales atraviesan quienes deben realizar los trámites, que de acuerdo a los dichos de los denunciantes son víctimas de la “negligencia y la falta de humanidad de la jueza Sinchez”.
Caso paradigmático
Una empleada citó en su testimonio como caso paradigmático el de Gabriela M., una vecina de Avellaneda. “En relación a las violencias domésticas vale aclarar que durante la licencia de la doctora Sinchez realicé la mayoría de las sentencias a modo de colaboración (…), tomé conocimiento de los dichos de la señora jueza, a saber: ‘Yo soy la jueza, nadie me va a decir qué hacer, yo decido; a los negros hay que quemarlos, los de Avellaneda se tienen que morir, no les voy a dar las medidas’”, relató.
“Y en el caso particular de Gabriela M. he escuchado que expresó ‘es secretaria de Marcón (el senador provincial), no le vamos a dar lugar a la medida’. En ese caso me mandó a intervenir y realizar un informe que lo presento en tiempo y forma y ella le niega la medida basándose en dicho informe, lo que me resultó raro. El resultado fue el suicidio de Gabriela y nuestra preocupación”, lamentó.