La maestra había sido condenada a tres años de prisión de ejecución condicional en una causa que se investigó el lavado de activos.
El gobernador Maximiliano Pullaro ratificó la disposición Nº 232, fechada el 23 de octubre de 2024 de la Secretaría de Educación del Ministerio de Educación, mediante la cual se sancionó con exoneración a la docente, quien cabe recordar fue condenada junto a su familia en el marco de la gran estafa a la empresa de Reconquista el 31 de diciembre de 2020.
La sentencia, dictada por el juez penal Dr. Santiago Roberto Banegas, determinó su responsabilidad como partícipe secundaria en una maniobra de lavado de activos agravado, caracterizada por la habitualidad y el uso de una persona jurídica para cometer los delitos.
Sanción ministerial
La secretaria de Educación resolvió aplicar la máxima sanción disciplinaria a Silvia Graciela Marega la exoneración de su cargo docente. Esta decisión fue respaldada por el Dictamen N.º 63/24 de la Junta de Disciplina para el Personal Docente, que consideró probada la infracción a lo dispuesto en los artículos 4.º, 9.º y 11.º de la Ley Provincial N.º 10.290, entre otras normativas.
El decreto firmado por el gobernador y por el ministro de Educación, José Goity, la medida dispuesta será efectivizada por la Dirección General de Recursos Humanos de la Cartera Educativa, en la totalidad de cargos y horas cátedra que posea la docente en la jurisdicción, debiendo determinar dicho organismo la fecha de cese y comunicarla a tal personal.
Según los organismos oficiales consultados en el procedimiento administrativo se cumplió con todas las garantías del debido proceso, incluyendo la notificación oportuna de las decisiones a la docente. La Junta de Disciplina fundamentó la exoneración en la gravedad de los hechos y en la necesidad de preservar lEa integridad del servicio educativo.
Megaestafa de $ 122 millones
La docente hoy exonerada y sus dos hijos varones fueron condenados a la pena de tres años de ejecución condicional, con más sus accesorias legales, por la comisión del delito de lavado de activos agravado por realizarse con habitualidad, en calidad de partícipes secundarios.
Mientras que su conyugue Martín Darío Zabala había sido condenado a la pena de cinco años y dos meses de prisión de ejecución efectiva, con más sus accesorias legales, por la comisión de los delitos de estafas reiteradas, falsificaciones de cheques reiteradas, y lavado de activos agravado por realizarse con habitualidad, utilizando para ello una persona de existencia ideal, por lo que estuvo detenido, aunque en los últimos meses había recuperado la libertad con salidas transitorias. Cabe mencionar que en esta causa fue víctima una empresa de Reconquista.
Además, sancionó a la firma NOA Logística SRL, que los Zabala utilizaron para perpetrar la megaestafa de 122 millones de pesos en perjuicio de la empresa Aníbal Moschén Hnos. SA, con la cancelación de su personería.
Asimismo, ordenó en carácter de reparación económica a la víctima, el libramiento de los oficios o comunicaciones de cualquier tipo que hubiere menester a fin de que se proceda a la “transferencia o cesión, como por derecho corresponda, en favor de la firma Aníbal Moschén Hermanos SA, de la titularidad de bienes muebles e inmuebles” que hasta ahora pertenecían a los Zabala.