Este mediodía en Reconquista.
El fiscal Leandro Mai dijo que esperará los fundamentos de la sentencia, pronunciada por el tribunal pluripersonal integrado por los jueces Santiago Benegas, Gustavo Gon y Martín Gauna, para luego opinar sobre la misma, aunque destacó que lo principal es que el hecho “no haya quedado impune. Hoy lo que se logró es un hecho de estas características noa haya quedado impune, que siempre presenta serias dificultades en materia de investigación porque los que deben colaborar con un hecho de violencia institucional cometido por un funcionario policial, es también la agencia de seguridad. Todas esas complejidades, que se dan en un hecho de esta naturaleza fueron las que fuimos sorteando”.
El funcionario judicial subrayó “la valentía de la familia, de los Romero y de Flores, de mantener en todo momento su versión de lo que había acontecido, pidiendo justicia ante dos altos mandos policiales”. Creemos que este tipo de delito “merecía una pena de cumplimiento efectivo”, culminó.
En la audiencia de lectura del veredicto, los magistrados condenaron al policía Ángel Eduardo Antonio Alem a la pena de tres años de prisión condicional e inhabilitación especial para ejercer la función policial por seis años, con más sus accesorias legales.
Fue debido a que halló penalmente responsable del delito de vejaciones calificadas, por haberse cometido con violencia y por resultar un daño para la salud de las víctimas, dos mujeres y un joven de la ciudad de Reconquista.
Por otra parte, el tribunal absolvió a Alem de la presunta comisión del delito de falsedad ideológica de instrumento público en carácter autor, y le fijó reglas de conducta a observar: prohibición de comunicación por cualquier medio con las víctimas, no acercarse a ellas, no consumir alcohol y acreditar la asistencia a cursos o talleres sobre Derechos Humanos dictados por cualquier organismo nacional o provincial.
En tanto, absolvió por el beneficio de la duda al imputado comisario Germán Benítez de la presunta comisión de los delitos por los que fue condenado su par, en carácter de partícipe secundario.
Alem, de 50 años, era subdirector de la Agrupación Cuerpos de la Unidad Regional IX cuando protagonizó el salvaje ataque del que resultaron víctimas un joevn, su madre y su tía.
Tratos crueles
Al elevar la acusación en marzo del año pasado, el fiscal refirió a que los hechos ilícitos investigados “ocurrieron alrededor de las 6 de la madrugada del domingo 17 de mayo del año 202″, y detalló que “fueron en la vereda de una vivienda de la ciudad de Reconquista ubicada en calle Freyre al 100”.
Mai argumentó que “sin justificativo valedero, Alem impartió tratos crueles, ásperos, mortificantes, humillantes y rigurosos a las tres víctimas”.
El funcionario del MPA expuso que “el entonces subdirector de Cuerpos hirió al hombre con patadas y golpes de puño en diferentes partes del cuerpo”. Narró que “al advertir lo que estaba ocurriendo, las mujeres intentaron auxiliar a su familiar y fueron violentadas”, por el ahora condenado.
Barbijo
“Según el acta de procedimiento firmada por Alem, los hechos sucedieron en el marco de un patrullaje preventivo”, explicó Mai. “Los policías interceptaron al hombre porque estaba circulando por la vía pública sin barbijo, lo que implicaba una infracción a las medidas sanitarias dispuestas en el marco de la pandemia de coronavirus”, relató Mai.
“Si bien la víctima no llevaba su nariz y boca cubiertas, la agresión que recibió fue absolutamente desmedida”, expresó el fiscal. “Lo que ocurrió fue un verdadero atentado a la dignidad humana que denota un desprecio total por la vida ajena”, remarcó Mai.
Mai afirmó también que “a sabiendas de que estaba mintiendo, Alem manifestó que el hombre y las mujeres le habían robado la billetera y habían dañado los anteojos de GAB”. Al respecto, agregó que “con su accionar, el policía causó un perjuicio a la investigación del delito y a la fe pública”.