Así lo dispone el decreto 45/2020 del gobierno municipal de Vera, fechado ayer pero dado a conocer hoy.
El mismo a las excepciones acordadas con el Comité de Emergencia para la actividad de bares y restaurantes, que podrán abrir con las siguientes condiciones:
a) con modalidad de reserva previa, garantizando el debido distanciamiento social
entre los asistentes, los que deberán concurrir por sus propios medios, pudiendo
ocuparse simultáneamente y de manera inicial hasta un máximo del 30% en el interior
y un 50% en el exterior del local.
b) arbitrando medidas para desinfectar el calzado de los asistentes; y la limpieza y
desinfección de las superficies y objetos de uso frecuente, antes de la apertura,
periódicamente durante el horario en el que las instalaciones permanezcan abiertas y
al cierre;
c) uso obligatorio de manera correcta por parte del personal del establecimiento de los
elementos de protección que cubran nariz, boca y mentón, conforme a lo dispuesto por
el Decreto N° 0347/20; asimismo, los clientes deberán ingresar y egresar con
tapabocas.
d) llevando un registro diario de los asistentes en los distintos horarios;
e) con la obligación de cada establecimiento, previo a la apertura al público, de
presentar al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social un protocolo particular
que garantice las medidas de distanciamiento, protección y cuidados; así también, un
protocolo adecuado de su establecimiento aprobado por el municipio.
f) De lunes a miércoles solamente modalidad delivery en el horario de 08:00hs. a
01:00hs. y de jueves a domingos y feriados se permite atención de comensales en el local 20:00hs. a 01:00hs.
Se destaca que “ante una emergencia sanitaria y donde es fundamental evitar la circulación y la concentración de personas, tanto en grupos esporádicos y/o mesa, no superando estos las 6 personas como máximo (respetando el distanciamiento entre las mismas). Contamos con ustedes para que desde su actividad nos ayuden a que la sociedad tome conciencia de la realidad que estamos viviendo”.