
El Juzgado de Familia de Reconquista rechazó el planteo presentado por Valeria Chapero para que la niña Zoe vuelva a residir en el domicilio de la familia Rodríguez – Chapero, en Guadalupe Norte, luego de que la Subsecretaría de Niñez dispusiera su retiro del hogar el pasado 16 de mayo.
En la resolución, el Dr. Hernán Andrés Julián Juez, a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito de Familia Reconquista sostuvo que las medidas de protección integral y las decisiones vinculadas a la separación o restitución de niños, niñas y adolescentes corresponden exclusivamente a los organismos administrativos de Niñez, en el marco de la Ley Nacional 26.061 y la Ley Provincial 12.967.
Los demandantes habían cuestionado el accionar de la Subsecretaría de Niñez, argumentando que se actuó con una visión “adultocentrista” y que no se tuvo en cuenta el interés superior de la niña ni el vínculo generado durante más de cinco meses de convivencia con la familia Chapero. Además, señalaron que la medida produjo un “desarraigo abrupto” que afectó la estabilidad emocional y social de la menor.
Sin embargo, el juez remarcó que el Poder Judicial no puede sustituir las funciones del organismo administrativo ni revocar sus decisiones en esta instancia, ya que su intervención se limita al control de legalidad de las medidas excepcionales adoptadas por el área de Niñez.
“La intervención del Poder Judicial no sustituye, no suple, no se contrapone ni desplaza la función propia de los órganos administrativos dependientes del Poder Ejecutivo”, expresóel fallo.
Por ese motivo, la Justicia resolvió rechazar el pedido de restitución de la niña al domicilio de los reclamantes y continuar con el análisis de la situación en el marco de las actuaciones conexas.






















