Por unanimidad, la Legislatura suspendió sin plazos al fiscal Leandro Darío Benegas

Sin debate y en una votación por signos, la sesión conjunta de ambas cámaras decidió apartar de sus funciones al integrante del Ministerio Público de la Acusación y se le prohibió su ingreso a ese órgano autónomo.

El fiscal adjunto del Ministerio Público de la Acusación de la 4ta Circunscripción Judicial, Leandro Darío Benegas, acusado de haber cometido delitos de abuso sexual con acceso carnal e imputado por la justicia, fue este jueves 12 de marzo suspendido de forma preventiva por la Legislatura de Santa Fe, hasta tanto se resuelva su situación en el trámite disciplinario en curso.

En sesión conjunta de ambas Cámaras, la decisión se tomó por unanimidad y, esta vez, sin abstenciones. En Diputados es habitual que bloques como el del Frente Amplio por la Soberanía, y otros unipersonales pero de origen “celeste” se abstengan de votar porque rechazan que el Poder Legislativo ejerza el control disciplinario sobre fiscales y defensores en causas graves (algo que cambiará a partir de la reforma de la Constitución). Lo notable es que en esta oportunidad optaron todos los legisladores presentes por pronunciarse a favor del dictamen que, además, contó con todas las firmas de los integrantes de Acuerdos.

En ese sentido, cabe recordar que recientemente por sugerir la prisión preventiva contra Benegas fue apartada de la causa la jueza Norma Noemí Senn. Tal como informó El Litoral
la decisión fue adoptada por un tribunal que consideró que fue imparcial la actuación de la magistrada en la audiencia realizada el 23 de febrero de 2026.

“La defensa de Benegas sostuvo que la jueza modificó el objeto de la audiencia, que inicialmente había sido convocada para formalizar la imputación y analizar medidas cautelares no privativas de la libertad”, informó el pasado martes 10 este diario.

Esta última novedad, que se produjo luego del dictamen de la comisión y antes de la sesión conjunta, no modificó la situación ni fue mencionada por los legisladores.

Como se sabe, la sesión conjunta de ambas cámaras tiene mecanismos parlamentarios más exigentes que la asamblea legislativa. En el primer caso primero debe verificarse el quórum de cada cuerpo legislativo y luego votan los diputados y senadores presentes.

Comparten las condiciones para el debate pero luego deciden por separado, lo que da a los representantes de los 19 departamentos una cuota de poder mayor. En la asamblea legislativa en cambio, el peso de los 50 diputados es más relevante, tanto para la formación del quórum como para pulsar el botón por la afirmativa o la negativa, votar nominalmente o por signos (a mano alzada).

Con el antecedente del dictamen de consenso en la comisión bicameral, la resolución adoptada no fue una sorpresa. La suspensión preventiva de Benegas procede ante un miembro del MPA que ha sido imputado por la justicia como “autor de los delitos de abuso sexual con acceso carnal, en concurso ideal con promoción de la corrupción de menores, agravada por intimidación o coerción, A fines de noviembre del año pasado se había acordado dejar “en suspenso” los términos del trámite en su contra dentro de la Legislatura a la espera de que “a juicio” de la comisión de Acuerdos se lo deba reanudar. Es lo que ha sucedido en febrero al ser imputado.

Fuente: El Litoral