Revocaron la prisión domiciliaria a un hombre imputado por amenazar a su expareja en Vera

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En una extensa audiencia de apelación presidida por el juez Eduardo Bernacchia, se resolvió revocar la prisión domiciliaria de Leguizamón y dispuso que sea trasladado a una unidad del Servicio Penitenciario de la provincia, con la obligación de que se le brinde atención médica adecuada a la diabetes insulino-dependiente que padece.

El Ministerio Público de la Acusación (MPA) planteó ante la Cámara de Apelaciones en lo Penal de vera que existían circunstancias sobrevinientes que justificaban la medida. Entre ellas, mencionó que el servicio penitenciario provincial había confirmado contar con infraestructura médica -incluyendo médicos de guardia, servicio de salud mental, telemedicina y ambulancia- para atender a internos con esa patología. Además, destacó la existencia de riesgos procesales, vinculados a comunicaciones de Leguizamón con la denunciante Valeria Llobel, con su hijo de 8 años y con familiares de la víctima.

Según la Fiscalía, en esas llamadas el imputado incluso habría pedido al niño que no contara a su madre sobre la conversación. También se sumaron como indicios los llamativos ataques que sufrió el automóvil de Llobel poco después de que Leguizamón cambiara de domicilio.

El Fiscal sostuvo además que en Vera no es posible aplicar mecanismos alternativos de control, como la tobillera electrónica, debido a que la ciudad no cuenta con un sistema de monitoreo disponible. Por lo tanto, insistió en que debía cumplirse la prisión preventiva en una unidad penitenciaria.

En la misma línea se expresó el fiscal Julio de Olazábal, quien recordó que la Ley de Ejecución Penal establece que la salud de los internos debe ser atendida dentro de los institutos carcelarios. También señaló que el Estado no dispone de personal policial suficiente para custodias fijas en domicilios, y que existen internos con patologías más graves que igualmente son alojados en el servicio penitenciario.

Defensa

Por su parte, la defensa de Leguizamón, a cargo del doctor Franco Emanuel Corchuelo, manifestó su rechazo a la medida y defendió la decisión del juez Olivera, que había otorgado la prisión domiciliaria. Señaló que no estaba acreditado que los supuestos llamados telefónicos hubieran sido realizados por su defendido ni que las cuentas de redes sociales mencionadas le pertenecieran. Respecto a los ataques al vehículo de la denunciante, los calificó como una “mera sospecha”, ya que la investigación no arrojó pruebas que los vinculen con Leguizamón.

El defensor también cuestionó la capacidad real del servicio penitenciario para garantizar condiciones adecuadas de alojamiento, recordando que en otros procesos se han registrado demoras e incumplimientos en los traslados. Insistió en que la prisión domiciliaria debe mantenerse y subrayó que el propio Leguizamón ya lleva un año detenido bajo esa modalidad.

Durante la audiencia, la Fiscalía hizo referencia al ataque al auto de la denunciante. Por su parte, el defensor dijo que se trata de una “mera sospecha”, ya que la investigación no arrojó pruebas que los vinculen con Leguizamón.

A una cárcel

Finalmente, el Tribunal unipersonal consideró que el servicio penitenciario cuenta con condiciones suficientes para garantizar la atención médica de Leguizamón y que existen riesgos procesales que justifican el cambio de modalidad. Por ello, resolvió revocar la decisión de primera instancia y ordenar el traslado del imputado a una unidad penitenciaria, disponiendo además que se informen de manera bimestral los controles médicos sobre su estado de salud.

El juez remarcó que el juicio oral y público en su contra se encuentra próximo a iniciarse y pidió que se realice a la mayor brevedad posible.