
El proyecto aborda la mayoría de los artículos y temas habilitados a reforma.
“Algunos puntos nofueron objetos de reforma, por motivos distintos: hay ciertos artículos que creemos que no merecenreforma -por ejemplo el artículo 112 de la Constitución-; y otros, porque la ley estableció unsentido con el cual no estamos de acuerdo -como por ejemplo, lo que tiene que ver con los artículos106 y 107 de régimen y autonomía municipal-”, aclaró Emiliano Peralta.
Entrando en el espíritu del texto, Peralta explicó que “es un proyecto de Constitucióntremendamente republicano en lo institucional, que en lo tributario es de carácter procontribuyente y en aspectos sociales o culturales es de sentido común, al que a veces se lo tilda deconservador.
“En lo que hace a declaraciones, derechos y garantías el proyecto incorpora la neutralidad religiosadel estado, pero asegura la libertad religiosa, el derecho de ejercerla públicamente y en oficinaspúblicas y hace un reconocimiento a la labor histórica y actual de la Iglesia Católica y de otroscredos.También especifica un sistema tributario basado en la igualdad ante la ley y el principio de legalidadsin admitir delegación de facultades al ejecutivo, a la vez que prevé el principio de que no existetasa sin contraprestación efectiva y prohíbe también la doble imposición (es decir, que impuestosmunicipales, provinciales y nacionales graven una misma cuestión).Incorpora regulación sobre acción de amparo, hábeas data, derechos digitales y los derechos delibertad de prensa, expresión y réplica.
En materia electoral, introduce ficha limpia como requisito para ejercer a cargos públicos y crea unajurisdicción autónoma al Tribunal Electoral.
En lo que hace a los cargos electorales, limita todas las reelecciones a una sola vez y, para el casodel gobernador, se aplica para quien asuma en 2027.“Es importante destacar también que todos los legisladores ya no tendrán inmunidad de arresto nide proceso; es decir, el que comete un delito es investigado y puede ser arrestado como cualquierhijo de vecino. La única inmunidad que se deja, es la de opinión”, resaltó el Convencional.
Siguiendo con la Legislatura, elimina la posibilidad de acuerdos tácitos a nombramientos delejecutivo (es decir, aquellos que son dados por el paso del tiempo ante el silencio de la legislatura) yfija el inicio de las sesiones el 1 de Marzo y su finalización el 30 de Noviembre con posibilidad desesiones extraordinarias.En lo que hace a justicia, crea un Consejo de la Magistratura encargado de la selección de juecesbasado en tribunal examinador, antecedentes y méritos, “sin presencia de miembros del poderejecutivo, para quitar a la política del medio” dijo Peralta y crea, como manda la ConstituciónNacional, un “órgano extrapoder” para el Ministerio Público de la Acusación (es decir, los fiscalesde la Provincia) fuera de la influencia de la Corte y del Poder Ejecutivo, pero respetando losderechos de los trabajadores del poder judicial que hoy se desempeñan en el Ministerio Público.
Por último, incorpora disposiciones sobre servicios públicos (eficiencia, transparencia y audienciaspúblicas), derechos de consumidores y usuarios, la protección del medio ambiente en armonía conel desarrollo económico y productivo y la defensa del reclamo imprescriptible e inclaudicable sobrela soberanía argentina en las Islas Malvinas y la Antártida Argentina