
En la provincia de Santa Fe.
A través del Decreto N° 750 publicado en el Boletín Oficial, el 25 de abril del corriente, el gobierno provincial actualizó los aranceles de las licencias de caza deportiva, comercial, acopio, industrialización y colecta con fines científicos y de las Guías de Tránsito de los productos y subproductos de la fauna silvestre, establecidos en la Ley 4830.
Dichos valores para el desarrollo de la actividad relacionada con la caza, los fijaba el Decreto 0330 del 2015, el cual es Abrogado, (derogado) por el presente. De modo tal que así como en la pesca, donde los aranceles a abonar para tramitar todas las categorías de licencia, como las tasas de fiscalización, de igual manera los costos de las licencias de caza, se regirán a partir de la presente, por módulos tributarios (M.T.).
Por tal motivo el presente Decreto, reglamenta el Artículo 25 de la Ley N° 4.830, rigiendo las actividades previstas en el inciso a) del Artículo 1 de dicha Ley. Abrogando (Derogando) en consecuencia el Decreto 0339/15, dejando sin efecto cualquier dispoaición normativa contraria a la presente.
En tal sentido se fijan los siguientes aranceles para todo el territorio de la provincia, teniendo en cuenta que el Módulo Tributario para el 2025 es de $ 10,00. Licencia de Caza Deportiva para ciudadanos nativos o domiciliados en la Provincia: 3.000 (M.T.), es decir $ 30.000. Licencia de caza deportiva para ciudadanos de otras provincias 4.000 (M.T.), es decir $ 40.000. Licencia de caza para ciudadanos extranjeros 15.000 (M.T.), es decir $ 150.000. Licencia de caza de control de especies exóticas para ciudadanos nativos o domiciliados en la Provincia 1.500 (mT.), es decir $ 15.000. Licencias de caza de control de especies exóticas para ciudadanos de otras provincias: 2.500 (M.T.), es decir $ 25.000. Licencia de caza de control de especies exóticas para ciudadanos extranjeros 15.000 (M.T.), es decir $ 150.000. Licencia para persona humanas o jurídicas que prestean servicios de turismo relacionada con la caza a ciudadanos extranjeros: 45.000 (M.T.), es decir $ 450.000. Licencia para socios de Cluves y Federación reconocidos por la Dirección de Manejo sustentable de Fauna: 1.500 (M.T.), es decir $ 15.000.
Nuevos costos
Aranceles anuales para la caza comercial, colecta, acopio, comercialización e industrialización de los productos y subproductos de la fauna silvestre.
Licencia de caza comercial para ciudadanos nativo o domiciliados en la Provincia: 500 (M.T.), es decir $ 5.000. Licencia de caza comercial para ciudadanos de otras provincias: 1.500 (M.T.), es decir $ 15.000. Licencia de colecta científica: 1.000 (M.T.), es decir $ 10.000. Licencia colecta científica solicitada por entidades públicas o privadas sin fines de lucro: Exenta.
Licencia para la venta de animales de fauna silvestre: 8.000 (M.T.), es decir $ 80.000. Licencia para zoológicos muestrarios y acuarios privados de animales de la fauna silvestre 30,000 (M.T.), es decir $ 300.000. Licencia para criaderos de animales de la fauna silvestre: 10.000 (M.T.), es decir $ 100.000. Licencia para actividades de talleres, taxidermia y peletería de fauna silvestre: 5.000 (M.T.), es decir $ 50.000.
Licencia para frigoríficos de la fauna silvestre: 25.000 (M.T.), es decir $ 250.000. Licencia para la venta de productor cárnicos de la fauna silvestre: 3.000 (M.T.), es decir $ 30.000. Licencia para la actividad industrial curtidora de fauna silvestre: 10.000 (M.T.), es decir $ 100.000. Licencia de acopio de cuero de la fauna silvestre: 13.000 (M.T.), es decir $ 130.000. Licencia de otros acopios de productos y subproductos de fauna silvestre no contemplados en el listado anterior: 3.000 (M.T.), es decir $ 30.000.
Por su parte la Tasa de fiscalización y emisión de Guía de Tránsito para animales, productos y subproductos de fauna silvestre se fija en 500 (M.T.), es decir $ 5.000.
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