La Justicia rechazó el pedido de Vicentin para revertir la suspensión de su directorio

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El juez Lorenzini desestimó el recurso de revocatoria presentado por la firma, que pretendía coadministrar la empresa junto con la intervención.

El juez Fabián Lorenzini rechazó el recurso de revocatoria interpuesto por la empresa Vicentin SAIC, en el marco del concurso preventivo que atraviesa desde febrero de 2020. La firma había solicitado rever la sentencia dictada el 22 de abril de 2025, por la cual se dispuso la intervención del órgano de administración por 120 días y se suspendió en sus funciones al directorio.

Aunque la empresa aceptó la intervención y las medidas preventivas adoptadas, cuestionó puntualmente la suspensión de los directores naturales, y propuso en su lugar un esquema de coadministración, similar al aplicado en 2020, alegó que no existía causa suficiente para justificar el apartamiento de las autoridades y consideró que la decisión judicial agravaría la situación financiera de la compañía.

No obstante, el magistrado consideró “infundado” el planteo por “no expresar agravios concretos” ni demostrar un perjuicio real. En su resolución, sostuvo que el recurso “no logra superar el umbral jurídico de una mera disconformidad” y que los argumentos de Vicentin se limitan a ”diferencias interpretativas sin sustento jurídico suficiente”.

“El recurso no manifiesta agravio relevante, más allá de una disconformidad subjetiva con la medida adoptada”, concluyó Lorenzini. Por ello, resolvió rechazar el pedido de revocatoria y conceder el recurso de apelación en forma subsidiaria y con efecto devolutivo, lo que permitirá a Vicentin continuar con su reclamo ante una instancia superior.

Prevenir el daño

En la apelación, la conducción desplazada de la cerealera dejó en claro que atacaba con el recurso “la suspensión de los directores naturales en funciones”, pero que lo hacía “aceptando la mencionada resolución con respecto al resto de las cuestiones allí resueltas: intervención propiamente dicha y tutela preventiva del daño”, reseñó el magistrado en su fallo.

“Dicha impugnación será totalmente rechazada por infundada”, en atención a que “el planteo de Vicentin no logra trasponer el umbral jurídico de la mera disconformidad con relación a las medidas adoptadas en protección de la empresa y sus actividades”, como “tampoco expresa agravios, ni demuestra gravamen alguno. (…) el planteo no cuenta con entidad suficiente para conmover el decisorio cuestionado”, refrendó

Lorenzini fue taxativo al sentencia que la coadministración planteada por concursada “resulta improcedente y ajena a la realidad de este expediente concursal, por cuanto ello significaría una contradicción con las motivaciones expuestas por parte de este Juzgado para avanzar en dicha intervención del Directorio”.

Hechos y pruebas

El juez recordó los hechos, las pruebas y las motivaciones jurídicas explicitadas en los argumentos que vertebraron su resolución de intervención del pasado 22 de abril: la falta de medidas concretas para detener y controlar el creciente pasivo postconcursal (no sujeto a reestructuración por medio del concordato); la falta de acciones para operar sobre el riesgo concreto (y concretado) de la interrupción de los servicios públicos y privados indispensables para operar las plantas industriales; el cierre de las plantas de procesamiento sin mediar aviso previo a los socios comerciales, ni medidas para cumplir los contratos vigentes con la Unión Agrícola de Avellaneda, Bionergías Agropecuarias y Buyanor.

En esa línea, remarcó que la resolución impugnada se fundó, precisamente, en “informes que daban cuenta de un deterioro en los negocios y finanzas de la concursada, y en la ausencia de acciones por parte de la administración para afrontar obligaciones esenciales y mantener la empresa en marcha”.

Asimismo, reveló que en un informe presentado el martes 6 mayo los interventores manifestaron la “falta de colaboración de los directores naturales suspendidos en brindar información que les ha sido requerida reiteradamente”. En el mismo sentido se habían expresado trabajadores de la planta Avellaneda al denunciar que “Vicentin pone palos en la rueda” a la intervención para menoscabarla.

Pasivo creciente

La sentencia original de intervención se basó en informes técnicos y de control que daban cuenta de un creciente pasivo posconcursal, cierres imprevistos de plantas industriales, y la falta de medidas efectivas para garantizar el funcionamiento de los servicios esenciales en Avellaneda, Ricardone y San Lorenzo.