En la jornada del martes se pronunciaron los alegatos de clausura en el juicio oral de a causa “Pighin Ariel y Otro s/ delitos contra la integridad sexual.”
En los Tribunales de Vera, ante el tribunal integrado por los jueces Mauricio Martelossi (presidente), Norma Senn y Claudia Bressan, tanto el fiscal Leandro Benegas como los abogados defensores Corchuelo, González y Bergel, expresaron sus últimos pareceres en el proceso que juzga la responsabilidad penal Pighin y de un hombre de apellido F. en delitos contra la integridad sexual en perjuicio de dos niñas.
De acuerdo a lo manifestado por el representante del MPA, a Pighin se le atribuye, respecto a la primera de las pretensas víctimas, que “desde arriba del tapial de su propiedad, queda con el fondo de la vivienda de la niña, la llamó a la niña, le pidió que se baje sus pantalones y pidió que se toque sus partes íntimas para observar, todo lo cual claramente le ocasionaba a él una satisfacción sexual. En este caso, el delito de que se lo acusa a Pighin es de corrupción de menores agravados por mediar amenazas”.
Respecto de la segunda niña, que el mismo imputado habría abusado, tiene 4 años. Según los dichos de la menor, “el imputado la sometía a que le practique sexo oral cuando cuidaba de la niña, en el momento en que su madre la dejaba porque trabajaba”.
En tanto, el otro imputado es de apellido F. y se le atribuye “en perjuicio de esta misma niña, es el papá, que en el momento de su régimen de visita la llevaba a su casa de Espín y la obligaba a que le practique sexo oral. En este caso, a este imputado se le pidió 14 años, y a Pighin, por abusar de dos niñas, 17 años de condena”, resumió el fiscal, tras la extensa audiencia.
Por su parte, los defensores de los acusados refirieron a InfoVera que sus alegatos estuvieron centrados en las “múltiples y manifiestas irregularidades” por las que atravesó la investigación en la presente causa.
Desde la develación del hecho de parte de las menores víctimas hasta la formal denuncia y posteriores audiencias de Cámara Gesell pasaron 11 meses, donde “hubo lugar para intoxicar el mensaje e implantar frases que se tomaron como definitivas, pero fueron inconexas de todo contexto del iter criminis”, puntualizó el Dr. Sixto González.
Una de las menores (presunta víctima) fue “innecesariamente revictimizada, sometiéndosela a las entrevistas respecto de un hecho traumático ante cinco psicólogos diferentes, algunos forenses y otros terapeutas privados”, para luego “desembocar en la repetición tóxica de dos Cámaras Gesell, en donde la niña no quiso manifestarse sobre el hecho y en forma complaciente con la psicóloga acusó a los imputados”.
“Nuestra defensa dejó en evidencia una notoria intención de una madre de tomar revancha de nuestro defendido, orquestando esta trama sexual perversa e inconsistente. Considero que por una vez, se le ha devuelto a la Magistratura la potestad de resolución de estos delitos de alcoba’, sin que impere el martillo de los psicólogos. Tal y como nos tocó padecer siempre, en situaciones análogas”, enfatizó
“Tanto en mi caso como el Dr. Bergel, le dimos al Tribunal los elementos para que falle con ecuanimidad y justicia”, completó.