En su escrito el magistrado recuerda que actualmente se tramitan ante la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Laboral de Reconquista los recursos de apelación planteados por la sociedad VICENTIN SAIC y otros acreedores, en contra de la resolución dictada por el juzgado que él conduce, “mediante la cual se rechazó la homologación de la propuesta concordataria y la apertura del proceso de concurrencia (cramdown), en los términos del art. 48, LCQ”, destaca el juez de Reconquista.
En esa línea recuerda que el 31 de marzo de 2024 se produciría el vencimiento del plazo señalado para la Intervención del Directorio de la concursada.
La decisión de la Cámara
Lorenzini aclara que no desconoce que la Cámara de Apelaciones Civil, Comercial y Laboral de Reconquista homologó la propuesta concordataria, “hasta el presente no se remitió definitivamente el expediente, ni se comunicó la presentación de recursos contra aquella sentencia, su eventual concesión o denegación”, subraya Lorenzini.
En ese sentido el juez natural de la causa indica que hasta el momento de emitir su resolución con cuenta con con certezas acerca de los efectos de la resolución homologatoria, o la eventual suspensión de los mismos, conforme a la ley que rige la concesión del Recurso Extraordinario Provincial (Art. 9 ley 7055).
Los interventores
Para Lorenzini la actividad de los interventores ha sido de gran relevancia para el seguimiento de la administración y los negocios de la sociedad concursada, “resulta prudente mantenerla vigente, en resguardo de la calidad en la administración de la empresa en crisis como así también para la preservación de sus activos y negocios, al menos hasta que el órgano de administración se integre (conforme lo previsto en los acuerdos empresarios), con directores representantes de las empresas inversoras”, indica el magistrado reconquistense.
El Dr. Fabián Lorenzini dice que es necesario enfatizar que las gestiones de recupero de las deudas en mora no registraron avances significativos. “Esta cuestión nos ha desvelado antes (y lo sigue haciendo) dado que tales recursos monetarios podrían emplearse inmediatamente para mejorar la caja de la concursada y aumentar la capacidad de repago a los acreedores”, manifiesta el juez en su escrito de este lunes 18 de marzo de 2024.
Pide a los interventores que intensifiquen su labor para explicar razonablemente cuáles son los impedimentos al respecto y proponer medidas concretas para revertir este escenario en forma urgente.
Requerimiento
En la continuidad de su escrito el magistrado interviniente demanda a los s. interventores la presentación de un informe que discrimine las cuentas por cobrar a terceros, al final de los ejercicios económicos de los años 2020, 2021, 2022 y 2023. En ese mismo sentido pide que se informe sobre las cuentas por cobrar intercompany, al final de los ejercicios económicos de los años 2020, 2021, 2022 y 2023. Con respecto a estos casos le solicita se informe la mora de cada uno de ellos.
Lorenzino quiere la discriminación de los intereses devengados o devengables en cada uno de los casos hasta la fecha del informe; e) propuestas de la Intervención para el recupero de dichos créditos; estableciendo como fecha final para su presentación el día 10/4/2024.
Antes de finalizar su dictamen el juez le ordena a la Sindicatura Plural que preste colaboración a los fines de que los interventores cuenten con la totalidad de la información necesaria para cumplir con el requerimiento realizado.