El fallo del juez penal Gustavo Gon se conoció hoy. El magistrado resolvió no restituir los animales a su propietaria imputada por malos tratos. Invocó que la jurisprudencia actual considera a los animales “seres sintientes”.
El juez Gustavo Gon rechazó el pedido de devolución de los semovientes solicitados por María del Carmen Maidana, que fueran secuestrados por el Ministerio Público de la Acusación raíz de denuncias por malos tratos efectuadas por una vecina, que refirió que “uno de los animales se cayó y se pusieron a pegarle, que los vecinos le gritaron para que deje de pegarles y llamaron a la policía”.
En el fallo, el magistrado indicó que Maidana reclamó la devolución de la yegua y la mula secuestradas, manifestando que eran necesarias para su actividad. Y sostuvo que conforme el informe realizado por el MPA se dio cuenta del mal estado de los animales, con desnutrición marcada y ningún tipo de cuidado sanitario o médico, lo que fue constatado por una médica veterinaria.
Recogió en su resolución que la profesional afirmó que las mismas no deberían seguir en el dominio de su actual propietario ya que “no cumple con lo mínimo e indispensable para generar una calidad de vida acorde a lo establecido en materia de bienestar animal a nivel nacional” y por tal motivo existe un compromiso de vida en tal situación.
El Dr. Gon citó a continuación que, ante la evidencia colectada y en resguardo de los animales afectados, en su momento se dispuso el secuestro y entrega de a personal de Los Pumas, en carácter de depositario, para su cuidado.
Luego, destacó que que “la jurisprudencia ha logrado captar con mayor premura la solicitud de la sociedad y ha ido, a través de distintos pronunciamientos, otorgado a ciertos animales el carácter de ‘sujeto no humano o ser sintiente’ en tanto merecen una protección especial”.
En este sentido, el juez entendió que “le asiste razón” al fiscal en oponerse a la devolución ya que “ha quedado debidamente evidenciado el mal uso y maltrato de los mismos”, y dijo que “de ninguna manera la negativa de restitución afecta el derecho amparado por normas de tratados internacionales incorporados a nuestra Constitución”, ni mucho menos el derecho a trabajar.
El caso
María del Carmen Maidana, mediante su abogado defensor, había solicitado a restitución de una yegua color zaina, de unos 15 años a la que le falta un ojo, y de una mula blanca de 10 años aproximadamente, que fueran secuestrados por personal policial. Como la propietaria expuso que no recibía respuesta a su pedido de parte del MPA, se fijó la audiencia en cuestión.
En la misma, el fiscal del caso se opuso al pedido de la defensa haciendo constar que “se ha dado una vertiginosa modificación de la naturaleza jurídica de los animales como personas no humanas. Que son entes susceptibles de adquirir derechos. En el ordenamiento jurídico los animales siguen dentro del concepto de cosas, pero la jurisprudencia considera sujetos sintientes. No puede dejarse de observar que estamos ante animales y no son solo cosas”.