
El fiscal verense fue imputado por abuso sexual con acceso carnal. La pretensa víctima era menor de edad al momento de los hechos denunciados. El funcionario denunció inconsistencias en la acusación y deslizó que “sin que hayan surgido elementos nuevos se avanzó en acusarme”.
“Misteriosamente en enero se decidió mi imputación”, afirmó el fiscal Leandro Benegas, en off de récord a InfoVera.
El adjunto de la Unidad Fiscal Vera deslizó que los fiscales que investigan el caso -Luciana Escobar Cello y Adrián Alejandro Spelta- concurrieron a la Legislatura y sostuvieron que no había elementos para avanzar con la causa “con lo cual el caso se archivó” hasta que surgieran evidencias.
Pero, en el primer mes del año en curso “parece que cambiaron de criterio, porque no hubo nuevo elementos y aun así me llamaron a imputativa”.
La declaración del funcionario judicial -hoy en el ojo de la tormenta- sigue la línea defensiva discursiva adoptada desde la audiencia donde fue imputado. Esto es, cuestiona la actuación de los fiscales, de la jueza y de la querella.
Para Benegas, la atribución del cargo en su contra debió realizarse en sede fiscal y no en un sala de la Oficina de Gestión de Judicial de Tribunales, en atención a que arribó a esta etapa procesal en estado de libertad; también cuestionó la conducta de la jueza Norma Senn de dictarle la prisión preventiva sin que hay sido pedida por los fiscales, que habían propuesto medidas alternativas para resguardar el proceso judicial marcha. Y fustigó al querellante Dr. Dionisio Ayala al que (des) calificó como “denunciador serial”.
Consultado sobre su situación funcional, Benegas aclaró que sigue en sus funciones como fiscal del MPA, hasta tanto se expida la Comisión de Acuerdos de la Legislatura, que podría suspenderlo.
El debate, además, se centra en cuanto a cuál sería su suerte en caso de que los legisladores lo aparten del cargo y le quiten los fueros que impidieron que vaya preso.
La acusación
En una audiencia realizada el 23 de febrero de 2026 en los tribunales de Vera, la jueza penal de Primera Instancia Norma Noemí Senn dispuso la prisión preventiva de Leandro Darío Benegas, imputado por el delito de abuso sexual con acceso carnal.
La audiencia de atribución imputativa se desarrolló en la Sala 3 de la Oficina de Gestión Judicial del Distrito 13, con la intervención del Ministerio Público de la Acusación, la querella, la defensa técnica del imputado y la presencia de la víctima.
Durante la audiencia, la Fiscalía -representada por la Dra. Luciana Escobar Cello y el Dr. Adrián Alejandro Spelta- formalizó la imputación conforme a la plataforma fáctica presentada y detalló las evidencias reunidas hasta el momento. El imputado se abstuvo inicialmente de declarar, aunque posteriormente hizo uso de la palabra.
La querella solicitó la prisión preventiva, mientras que la Fiscalía propuso medidas alternativas para neutralizar los riesgos procesales, postura que contó con el consentimiento de la defensa. No obstante, tras el debate, la magistrada resolvió hacer lugar al planteo más gravoso.
En sus fundamentos, la jueza Senn sostuvo que se encuentran reunidos los requisitos mínimos para considerar acreditada, en esta etapa procesal, la probable autoría del hecho y que la calificación legal prevé una pena superior a tres años de prisión, lo que implica que, en caso de condena, no sería de ejecución condicional.
Asimismo, consideró que las medidas alternativas propuestas no resultaban suficientes para neutralizar los riesgos procesales.
Sin embargo, la resolución estableció que la prisión preventiva no podrá ser efectivizada por el momento, debido a que el imputado goza de inmunidad de arresto conforme a la Ley Nacional 25.320, normativa que regula la situación de fiscales, defensores y jueces. En ese sentido, la jueza ordenó poner en conocimiento de los organismos correspondientes la decisión adoptada, a fin de que se expidan al respecto.
Mientras tanto, se dispusieron medidas cautelares complementarias:
Constitución de domicilio en la ciudad de Vera, el cual no podrá ser modificado sin autorización judicial.
Prohibición de salida del país, con entrega del pasaporte en el plazo de 48 horas.
Prohibición de contacto por cualquier medio con la víctima y los testigos de la causa.
La investigación continuará su curso mientras se aguarda la intervención de los organismos competentes en relación a la inmunidad mencionada.
























