
El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria recordó los requisitos obligatorios para el traslado de hacienda en el marco del nuevo Plan Nacional de Control y Erradicación de la Garrapata. La estrategia sanitaria regional exige inspecciones previas en los establecimientos de origen y la realización de bioensayos para evitar la resistencia a los productos veterinarios en bovinos, bubalinos y equinos.
En el marco de la resolución 655/2026, el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) reforzó las acciones previstas en el Plan Nacional de Control Integrado y Erradicación de la Garrapata del Bovino. La estrategia oficial apunta a blindar las regiones libres del parásito y frenar la resistencia a los productos veterinarios garrapaticidas (PVG), un problema que preocupa a los productores ganaderos de cara al movimiento de hacienda hacia los establecimientos de invernada o sistemas de engorde a corral.
La normativa vigente exige verificar rigurosamente las condiciones sanitarias antes de concretar cualquier traslado de bovinos, bubalinos y equinos. Para ello, los ganaderos deben solicitar una inspección previa al despacho de la tropa en el propio campo de origen, la cual es llevada adelante por veterinarios y técnicos acreditados ante el Senasa.
Inspección en origen y documentación obligatoria
El procedimiento de fiscalización queda asentado mediante el Formulario de Inspección y Despacho de Hacienda (FIDHA), una herramienta clave para certificar la ausencia del parásito antes de otorgar el visto bueno para la salida de los animales.
Si los profesionales no detectan ejemplares vivos durante la revisión, el formulario se declara «aceptado», lo que habilita la posterior emisión del Documento de Tránsito electrónico (DT-e) dentro de las 48 horas siguientes. Por el contrario, si se constata la presencia de garrapatas vivas, la tropa pasa a ser catalogada como «rechazada» y queda impedida de abandonar el establecimiento bajo esas condiciones.
Este filtro en el predio de origen resulta vital para evitar que animales infestados ingresen a regiones de menor riesgo sanitario, con especial énfasis en las denominadas zonas de Erradicación (E) y de Resguardo Sanitario (RS). Mientras que las áreas en proceso de erradicación exigen una vigilancia epidemiológica constante sobre el ingreso de tropas, las zonas de resguardo corresponden a superficies naturalmente libres donde rige la notificación obligatoria ante cualquier sospecha en un plazo máximo de 48 horas.
Bioensayos para detectar resistencia a los tratamientos
Cuando una tropa da resultado positivo durante los controles en tránsito o llega con observaciones al predio de destino, debe retornar al campo de origen en un plazo no mayor a 48 horas. Ante este escenario, el productor está obligado a realizar un bioensayo para medir el nivel de sensibilidad del parásito frente a los principios activos de los productos veterinarios aplicados.
Esta práctica analítica permite identificar posibles cuadros de resistencia a los garrapaticidas y encarar un manejo sanitario más eficiente. Con los resultados sobre la mesa, los asesores técnicos pueden definir tratamientos orientados a las drogas que conservan mayor efectividad, evitando el uso de formulaciones ineficaces, bajando la presión de selección sobre las poblaciones de garrapatas y acotando la diseminación de ejemplares resistentes hacia otras zonas productivas.
Hacia un manejo sanitario integrado en los campos
El organismo sanitario recuerda que el éxito de la estrategia nacional se sostiene en cuatro pilares fundamentales: evitar la introducción de la plaga en zonas libres, prevenir la resistencia a los principios activos, resguardar la inocuidad de los alimentos y consolidar un control integrado.
El cumplimiento de estas pautas técnicas, sumado a la responsabilidad de los productores y veterinarios en el manejo de la hacienda, resulta indispensable para resguardar el estatus sanitario de las distintas regiones productivas del país.
























