
Empleados del Servicio Penitenciario de la provincia se manifestaron frente a la Casa Gris en la mañana de este lunes.
En conjunto, hicieron entrega por mesa de entradas de un petitorio con varios puntos en reclamo de mejoras salariales y laborales.
La convocatoria no fue la esperada debido a que, de acuerdo a lo expresado por los numerarios, los colectivos de transporte de personal “fueron atrasados intencionalmente” y mucho personal “fue recargado” para que no pudiera asistir. De todas maneras, los que pudieron estar presentes representaron a su compañeros ausentes.
RECLAMO FORMAL DEL PERSONAL DEL SERVICIO PENITENCIARIO PROVINCIA DE SANTA FE
Dirigido al Sr. Gobernador de la Provincia de Santa Fe, Maximiliano Pullaro, y al Sr. Ministro de Seguridad de la Provincia de Santa Fe, Pablo Cococcioni.
Quienes suscriben, personal perteneciente al Servicio Penitenciario de la Provincia de Santa Fe, se dirigen a las autoridades competentes a fin de formular reclamo formal ante la persistencia de condiciones laborales irregulares, las cuales implican un incumplimiento de
derechos reconocidos por la normativa constitucional, legal y reglamentaria vigente, afectando de manera directa la dignidad, salud, seguridad y estabilidad laboral del personal penitenciario.
La presente manifestación se realiza de manera pacífica, voluntaria y legítima, en ejercicio del derecho a peticionar ante las autoridades, con el objeto de obtener soluciones concretas e inmediatas a las problemáticas que a continuación se detallan.
I. HECHOS Y RECLAMOS CONCRETOS
1. Falta de retribución justa
Se verifica una insuficiencia salarial estructural, incompatible con
la naturaleza, complejidad, riesgo y responsabilidad de la función
penitenciaria, lo cual vulnera el derecho a percibir una remuneración
justa y digna, adecuada para garantizar un nivel de vida decoroso al
trabajador y su grupo familiar.
2. Incumplimiento en el pago de horas extraordinarias
Se constata el incumplimiento sistemático del pago de horas extras
efectivamente trabajadas, lo que configura una violación directa al
derecho a la compensación por servicios prestados fuera de la jornada
ordinaria, así como al principio de legalidad y de retribución
proporcional al trabajo realizado.
3. Jornadas laborales excesivas
Las jornadas prolongadas y la falta de descansos adecuados
constituyen un menoscabo a la salud física y psíquica del personal,
contrariando los principios de razonabilidad, protección del
trabajador y condiciones dignas de labor.
4. Falta de racionamiento y alimentación adecuada
Se denuncia la ausencia o deficiencia del racionamiento alimentario,
pese a las exigencias del servicio y a la extensión de las jornadas
laborales, afectando un derecho esencial vinculado a la salud y al
desempeño funcional.
5. Condiciones deficientes de higiene y salubridad
Las condiciones edilicias y sanitarias inadecuadas en diversos
establecimientos penitenciarios representan un riesgo cierto para la
salud y seguridad del personal, en abierta contradicción con la
normativa de higiene y seguridad laboral.
II. FUNDAMENTACIÓN JURÍDICA
El presente reclamo se encuentra debidamente respaldado por:
• Constitución Nacional, artículo 14 bis, que garantiza el derecho a condiciones dignas y equitativas de labor, retribución justa, jornada limitada y descanso.
• Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, artículo 7, con jerarquía constitucional, que reconoce el derecho a condiciones de trabajo equitativas y
satisfactorias.
• Ley de Contrato de Trabajo N.º 20.744, en cuanto a los principios generales de protección del trabajador.
• Ley N.º 19.587 de Higiene y Seguridad en el Trabajo, aplicable en cuanto a la preservación de la salud laboral.
Especialmente, resulta de plena aplicación el ARTÍCULO 11 – Derechos del Personal Penitenciario, el cual establece de manera expresa que son derechos del personal:
• Percibir una retribución justa, incluyendo la compensación por prestaciones adicionales a la jornada ordinaria (inc. a).
• Gozar de condiciones adecuadas de higiene y salud laboral (inc. f).
• Recibir racionamiento personal, atendiendo a las exigencias del servicio y la duración de la jornada de labor (inc. k).
• Conservar el cargo y progresar en la carrera penitenciaria, percibiendo los suplementos correspondientes (incs. b y c).
• Gozar de licencias, justificaciones y franquicias conforme a la reglamentación vigente (inc. j).
• Ejercer el derecho a la representación y a peticionar como trabajadores dentro del marco normativo aplicable (inc. g).
• Ser defendidos y patrocinados legalmente en causas derivadas de actos del servicio, siempre que no exista colisión con el interés estatal (inc. l).
La situación descripta evidencia un incumplimiento grave y sostenido de derechos estatutarios, generando responsabilidad administrativa y comprometiendo la legalidad del funcionamiento institucional.
III. PETITORIO
Por todo lo expuesto, y conforme a los hechos y fundamentos jurídicos desarrollados, se solicita a las autoridades competentes:
1. La regularización inmediata de los haberes salariales del personal en actividad, garantizando una retribución justa, equitativa y acorde a la función desempeñada,
conforme a la normativa vigente.
2. El pago íntegro, actualizado y sin dilaciones de las horas extraordinaria adeudadas, incluyendo aquellas ya realizadas y no abonadas, con los intereses y actualizaciones que correspondan.
3. La adecuación de las jornadas laborales a parámetros razonables y legales, asegurando descansos adecuados y el respeto de los límites establecidos por la normativa aplicable.
4. La provisión efectiva, regular y suficiente del racionamiento alimentario, acorde a las exigencias del servicio y a la duración de la jornada laboral.
5. La mejora urgente y sostenida de las condiciones de higiene, salubridad y seguridad laboral en los establecimientos penitenciarios, conforme a las normas de higiene y seguridad en el trabajo.
6. La implementación de un cambio de escalafón equiparable al de la Policía Provincial, que permita el acceso a cargos jerárquicos, reconociendo la formación, experiencia, antigüedad y trayectoria del personal penitenciario.
7. Que los aumentos salariales otorgados al personal en actividad sean trasladados de manera automática, proporcional y permanente al personal retirado, garantizando la movilidad previsional, el principio de igualdad y el carácter sustitutivo del haber jubilatorio.
8. La actualización, regularización y pago efectivo de las asignaciones familiares, incluyendo expresamente:
La asignación familiar por cónyuge o esposa,
La asignación familiar por escolaridad (ayuda escolar),
Asegurando en todos los casos montos acordes a la realidad económica vigente, su actualización periódica, y su pago en tiempo y forma, tanto para el personal en actividad como para el personal retirado que reúna los requisitos legales.
9. El pleno cumplimiento del régimen de retribución previsto en la Ley Orgánica del Servicio Penitenciario, en particular el referido al estímulo por presentismo, garantizando que todo el personal que se encuentre en situación de servicio efectivo perciba una asignación
mensual remunerativa en concepto de estímulo a la asistencia laboral personal, sin recortes arbitrarios ni interpretaciones restrictivas.
10. El otorgamiento efectivo de una asignación mensual compensatoria para el personal que preste servicios en localidades distintas a la de su domicilio de residencia, cuando el Estado no pueda asignar vivienda oficial, estableciendo:
Un monto equivalente al cincuenta por ciento (50 %) del sueldo inicial,
Y una escala progresiva y proporcional conforme a la distancia, fijándose como unidad de referencia un escalón de diez (10) kilómetros, conforme lo determine la reglamentación correspondiente.
11. La plena garantía y protección de los derechos del personal penitenciario que tenga a su cargo hijos e hijas con discapacidad, asegurando:
El acceso efectivo a licencias especiales,
La adecuación razonable de horarios y destinos,
La percepción íntegra de asignaciones familiares y beneficios específicos,
Y el respeto del principio de no discriminación, en concordancia con la normativa nacional y los tratados internacionales de derechos humanos.
Se deja expresa constancia de que la falta de respuesta o de soluciones concretas a los reclamos formulados constituirá un incumplimiento de deberes legales por parte de la autoridad, reservándose los reclamantes el derecho de iniciar y continuar acciones administrativas y judiciales, así como de dar difusión pública a la situación planteada por los medios institucionales y legales pertinentes.
Firman:
Personal del Servicio Penitenciario de la Provincia de Santa Fe.
Fecha: 15 de diciembre de 2025
Además, al petitorio se le anexó el siguiente expediente, demorado desde hace dos años:































