La Defensa Pública resiste la reforma y advierte por la reducción y tercerización del servicio

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Reunión de autoridades del SPPDP en relación al proyecto de reforma de la Ley 13.014.

En la jornada del sábado se reunieron las autoridades del Servicio Público de Defensa Penal de la Provincia de Santa Fe para abordar cuestiones relativas al proyecto de reforma a la Ley 13.014, ingresado a la Cámara de Diputadas y Diputados por parte del Poder Ejecutivo, el día 14 de diciembre de 2023.

El encuentro se desarrolló de manera virtual y participaron los Defensores Regionales, Dres. Jorge Leandro Miró (Santa Fe), Martín Riccardi (Rosario), Mariano Mascioli (Venado Tuerto), María Valeria Lapissonde (Vera) y Carlos María Flores Zanella (Rafaela).

En este contexto pusieron de resalto el apoyo nacional recibido a través de las notas emitidas por el Consejo Federal de Defensores y Asesores Generales de la República Argentina y por la Asociación Civil de Magistrados y Funcionarios del Ministerio Público de la Defensa de la República Argentina (ADePRA) a la Cámara de Diputadas y Diputados de Santa Fe, quienes además de realizar observaciones al proyecto que modifica la ley orgánica del organismo, solicitaron ser recibidos y escuchados previo tratamiento del proyecto de ley.

Además, señalaron el acompañamiento de la Asociación de Defensores Públicos Centro-Norte de la Provincia de Santa Fe, del cuerpo de Defensoras y Defensores y del Defensor Regional de Rosario y del Sindicato de Trabajadores Judiciales de la Provincia de Santa Fe quienes solicitaron consultar la opinión de los actores relevantes, así como también resaltaron lo manifestado por el Colegio de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial de la Provincia de Santa Fe en su comunicado del día 19 de diciembre del corriente año, que dice: “En un sistema democrático las únicas normas de acción legítimas son aquellas que surgen de un proceso deliberativo donde esté asegurada la posibilidad cierta de participación de todos aquellos que se encuentren afectados o alcanzados por las decisiones que se pretenden adoptar”.

En ese sentido, hicieron referencia a la nota presentada por la Defensora Provincial el día 20 de diciembre a la Cámara de Diputadas y Diputados, solicitando diálogo con los legisladores previo al tratamiento del proyecto de ley y manifestando sus observaciones al mismo y a las reuniones que se han llevado a cabo hasta el momento en este sentido.

Presentación del Consejo Federal 

El Consejo Federal de Defensores y Asesores Generales de la República en nota firmada por la Coordinadora, Sra. Defensora General de la Nación Dra. Stella Maris Martínez y otros integrantes, solicitó a la Cámara de Diputadas y Diputados que se asegure la plena autonomía e independencia de la defensa pública oficial y el establecimiento de la cantidad necesaria de defensores públicos para poder garantizar una adecuada cobertura del servicio de defensa pública en Santa Fe; a fin de coadyuvar a un adecuado funcionamiento de la justicia y particularmente un real y efectivo fortalecimiento de la misma.

Sobre la independencia de la Defensa Pública destacaron que “Las garantías de independencia y autonomía de la defensa pública fueron reconocidas en el ámbito regional como estándares indispensables para el acceso a la justicia.

Remarcaron que la garantía de inviolabilidad de la defensa en juicio, reconocida por la Constitución Nacional en el art. 18 y por la Constitución de la provincia de Santa Fe en el art. 9, reviste una particular importancia siendo un componente crucial de un sistema de administración de justicia eficiente e imparcial.

Afirmaron que “la institución de la Defensa Pública, a través de la provisión de servicios públicos y gratuitos de asistencia jurídica permite, sin duda, compensar adecuadamente la desigualdad procesal en la que se encuentran las personas que se enfrentan al poder punitivo del Estado, así como la situación de vulnerabilidad de las personas privadas de libertad, y garantizarles un acceso efectivo a la justicia en términos igualitarios” (Conf. Corte IDH”

Resaltaron: “Tan relevante es el derecho a la defensa técnica en el ámbito del derecho internacional de los derechos humanos, que los órganos de aplicación de los tratados han sostenido que no alcanza con que los Estados provean formalmente de un defensor, sino que han exigido además que su intervención en el proceso sea eficaz, de manera que la mera presencia del defensor no alcanzará para asegurar el debido proceso legal, sino que su actuación deberá satisfacer estrictos estándares de efectividad”.

Concretamente, sobre la reducción de la Defensa Pública de Santa Fe, señalaron que “contrariamente a todo lo expuesto en el proyecto de ley propuesto por el Gobierno de Santa Fe, a través de la reducción en la cantidad de defensores y la tercerización del sistema de defensa pública, se profundiza la situación de desigualdad del Servicio Público Provincial de Defensa Penal respecto del Ministerio Público de la Acusación y del Poder Judicial, lo cual es violatorio del principio de igualdad de armas.”

Sobre la igualdad de armas “el Consejo Mercado Común del MERCOSUR ha resuelto recientemente “instar a los Estados Partes y a las instituciones de la defensa pública oficial a procurar el absoluto respeto a las garantías de los defensores públicos en el ejercicio de sus funciones y las equiparaciones con los demás operadores jurídicos en todos los aspectos que hacen al desempeño y ejercicio de sus cargos, a los efectos de asegurar la igualdad de armas como condición esencial para garantizar el cumplimiento de los principios mencionados.”

Siguiendo esta línea de razonamiento, resulta primordial destacar, que esta desigualdad entre los agentes del sistema de administración de justicia impacta de manera negativa y principalmente sobre la defensa pública, ya que, al existir una gran diferencia entre cantidad de defensores y órganos jurisdiccionales, puede presentarse el problema de superposición de audiencias para un/a mismo/a defensor/a y afectar la celeridad del sistema.”

Por último recordaron que al SPPDP se le ha ampliado el ámbito de competencia abarcando la representación legal de niños, niñas y adolescentes y su intervención en casos de narcomenudeo y que “en consecuencia, la reducción de los respectivos cargos de defensores públicos redundará en un colapso de las defensorías existentes, que devendrá en una paralización o demora en el trámite de las causas, lo cual tornaría imposible el adecuado desempeño del sistema judicial en su conjunto.”