{"id":63154,"date":"2025-05-25T20:41:06","date_gmt":"2025-05-25T23:41:06","guid":{"rendered":"https:\/\/infovera.com.ar\/web\/?p=63154"},"modified":"2025-05-26T10:38:46","modified_gmt":"2025-05-26T13:38:46","slug":"confirmaron-las-penas-impuestas-a-dos-empresarios-por-causar-estragos-dolosos-mediante-terraplenes-ilegales","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/infovera.com.ar\/web\/2025\/05\/25\/confirmaron-las-penas-impuestas-a-dos-empresarios-por-causar-estragos-dolosos-mediante-terraplenes-ilegales\/","title":{"rendered":"Confirmaron las penas impuestas a dos empresarios por causar estragos dolosos mediante terraplenes ilegales"},"content":{"rendered":"<p>Y les ordenaron solventar las obras necesarias para recomponer el ambiente.<\/p>\n<p>As\u00ed fue dispuesto en segunda instancia, luego de una audiencia de apelaci\u00f3n en la cual la fiscal B\u00e1rbara Ilera y el fiscal Ezequiel Hern\u00e1ndez representaron al MPA. Los condenados son Rub\u00e9n Arnoldo Carlen y Ra\u00fal Francisco Carlen, quienes generaron el derrumbe de un tramo del corredor vial. Adem\u00e1s, modificaron el cauce natural del arroyo Saladillo Dulce, provocaron la inundaci\u00f3n de campos y pusieron en riesgo el casco urbano de la localidad de Colonia Teresa (departamento San Javier).<\/p>\n<p>Confirmaron en segunda instancia las condenas a los empresarios arroceros Rub\u00e9n Arnoldo Carlen y Ra\u00fal Francisco Carlen, quienes realizaron terraplenes ilegales sobre la ruta provincial n\u00famero 1 y causaron estragos dolosos en jurisdicci\u00f3n de Colonia Teresa (departamento San Javier). As\u00ed lo resolvi\u00f3 el camarista Oscar Burtnik, luego de una audiencia de apelaci\u00f3n en la que la fiscal B\u00e1rbara Ilera y el fiscal Ezequiel Hern\u00e1ndez representaron al MPA.<\/p>\n<p>Tras conocer el veredicto, Ilera y Hern\u00e1ndez remarcaron que \u201ca los condenados se les orden\u00f3 solventar todas las obras necesarias para recomponer el ambiente, seg\u00fan lo estipulado por la Ley General del Ambiente (ley nacional n\u00famero 25.675), lo cual sienta un precedente de suma importancia\u201d. Al respecto, mencionaron que \u201cla sentencia recurrida fue una de las primeras en contemplar este tipo de da\u00f1o en la provincia de Santa Fe y ello ahora fue ratificado\u201d.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n explicaron que \u201cen el juicio oral se hab\u00eda dispuesto que la provincia se encargue de los trabajos de recomposici\u00f3n ambiental y luego reclame el pago a la sociedad an\u00f3nima de la que son parte Rub\u00e9n y Ra\u00fal Carlen\u201d. En tal sentido, destacaron que \u201cahora, la decisi\u00f3n de la Alzada de que los condenados solventen las obras respondi\u00f3 a un pedido de la Fiscal\u00eda de Estado, que se constituy\u00f3 como querellante\u201d. Seg\u00fan explicitaron, \u201cse estableci\u00f3 un plazo de 90 d\u00edas para que sean los empresarios arroceros \u2013y no la persona jur\u00eddica que integran ni el Estado\u2013 quienes presenten un plan de remediaci\u00f3n\u201d.<\/p>\n<p>Por otro lado, los funcionarios del MPA subrayaron que \u201cel camarista aval\u00f3 lo resuelto en primera instancia en relaci\u00f3n al dolo eventual: no hubo negligencia porque los condenados estaban al tanto del grave da\u00f1o que pod\u00edan causar con los terraplenes que levantaron\u201d. Los fiscales afirmaron que \u201clos trabajos se iniciaron sin la autorizaci\u00f3n correspondiente de los organismos p\u00fablicos competentes y, pese a reiteradas intimaciones para que los empresarios los deshicieran, los continuaron a sabiendas de los riesgos que implicaban\u201d.<\/p>\n<p>Asimismo, Ilera y Hern\u00e1ndez puntualizaron que \u201cm\u00e1s all\u00e1 de planteos defensivos que buscaron desvincular a los condenados de las obras ilegales, el camarista indic\u00f3 que \u2018no cabe la menor duda\u2019 de que ellos se encargaron de la edificaci\u00f3n\u2019\u201d. Sobre esa cuesti\u00f3n, en el fallo se expresa que \u201cla circunstancia de que no lo hayan construido [al terrapl\u00e9n] en forma personal no puede eximirlos de responsabilidad, pues, el rol que ocupaban en la empresa, no en cuanto a cargo jer\u00e1rquico, si no a la toma de decisi\u00f3n real y el aprovechamiento econ\u00f3mico de la explotaci\u00f3n de las tierras \u2013se beneficiaban de dichas obras\u2013, no permite dentro de un an\u00e1lisis l\u00f3gico sostener que los nombrados no conocieran la existencia de tal situaci\u00f3n clandestina\u201d.<\/p>\n<p><strong>Seis kil\u00f3metros de terraplenes<\/strong><\/p>\n<p>Ilera y Hern\u00e1ndez se\u00f1alaron que \u201clos condenados desviaron el cauce natural del arroyo Saladillo Dulce y afectaron as\u00ed su valle de inundaci\u00f3n para mejorar sus rindes\u201d. En tal sentido, precisaron que \u201calrededor del predio rural en el que est\u00e1 instalada su empresa, a partir de 2007 levantaron terraplenes de m\u00e1s de seis kil\u00f3metros de extensi\u00f3n que, en algunos tramos, superaban los dos metros y medio de alto\u201d. A su vez, detallaron que \u201cconstruyeron canales de riego y desag\u00fces que impidieron el normal escurrimiento de la zona\u201d.<\/p>\n<p>\u201cEn enero de 2019, la situaci\u00f3n irregular llev\u00f3 a que se generara un dique aguas al norte de las obras clandestinas y que una alcantarilla localizada en el kil\u00f3metro 190 de la ruta provincial n\u00famero 1 superara ampliamente su capacidad\u201d, manifestaron. \u201cComo consecuencia, se derrumb\u00f3 un tramo de la v\u00eda de comunicaci\u00f3n terrestre\u201d, recordaron.<br \/>\nLos fiscales tambi\u00e9n refirieron que \u201clos terraplenes produjeron la inundaci\u00f3n de campos ubicados al norte del predio de la industria arrocera e hicieron peligrar el casco urbano de Colonia Teresa\u201d.<\/p>\n<p><strong>Calificaci\u00f3n penal<\/strong><\/p>\n<p>Rub\u00e9n y Ra\u00fal Carlen fueron condenados a tres a\u00f1os de prisi\u00f3n condicional (para cada uno) como coautores del delito de estrago doloso por inundaci\u00f3n.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Y les ordenaron solventar las obras necesarias para recomponer el ambiente. As\u00ed fue dispuesto en segunda instancia, luego de una audiencia de apelaci\u00f3n en la cual la fiscal B\u00e1rbara Ilera y el fiscal Ezequiel Hern\u00e1ndez representaron al MPA. 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