{"id":57995,"date":"2024-12-13T11:00:54","date_gmt":"2024-12-13T14:00:54","guid":{"rendered":"https:\/\/infovera.com.ar\/web\/?p=57995"},"modified":"2024-12-13T11:00:54","modified_gmt":"2024-12-13T14:00:54","slug":"declaran-abierto-el-concurso-de-una-textil-de-vicentin","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/infovera.com.ar\/web\/2024\/12\/13\/declaran-abierto-el-concurso-de-una-textil-de-vicentin\/","title":{"rendered":"Declaran abierto el concurso de una textil de Vicentin y ordenan a la EPE que no le corte la luz"},"content":{"rendered":"<p>El juez Lorenzini acept\u00f3 el pedido de la empresa. La intim\u00f3 a presentar los libros contables y suspendi\u00f3 los juicios en su contra. Prohibi\u00f3 al directorio la salida del pa\u00eds.<\/p>\n<p>De un escrito de 14 p\u00e1ginas y 21 puntos resolutivos se vali\u00f3 el juez de 1ra. Instancia Civil y Comercial de la 2da. Nominaci\u00f3n de Reconquista para declarar la apertura del concurso preventivo de la sociedad Algodonera Avellaneda.<\/p>\n<p>De esta forma, el Dr. Lorenzini hizo lugar a la petici\u00f3n formulada por H\u00e9ctor Vicentin y Dionisio Moschen (presidente y vicepresidente) el 12 de noviembre, en raz\u00f3n de la crisis por insolvencia que afecta a la textil propiedad de Vicentin SAIC, tambi\u00e9n concursada.<\/p>\n<p>El magistrado fij\u00f3 el 14 de 2025 como fecha para que los acreedores presenten sus pedidos de verificaci\u00f3n de cr\u00e9ditos ante la sindicatura, pudiendo recibirse impugnaciones y observaciones respecto de las solicitudes as\u00ed formuladas, hasta el d\u00eda 28 de marzo inclusive.<\/p>\n<p>En tanto, intim\u00f3 a AA a presentar los libros de comercio denunciados en el t\u00e9rmino de 3 d\u00edas y decret\u00f3 la inhibici\u00f3n general de bienes de la sociedad deudora,. Asimismo, la emplaz\u00f3 para que deposite dentro en el plazo de 3 d\u00edas la suma de $ 5.000.000 para atender a los gastos de correspondencia y propios de la organizaci\u00f3n de la sindicatura.<\/p>\n<p>En su decisorio, el juez Lorenzini estableci\u00f3 el 4 de noviembre de 2025 para la realizaci\u00f3n de la audiencia informativa prevista que se llevar\u00e1 a cabo en la sede de de su juzgado; y el 12 de noviembre del ejercicio venidero para el vencimiento del per\u00edodo de exclusividad.<\/p>\n<p><strong>Procesos judiciales<\/strong><\/p>\n<p>Paralelamente, dispuso la suspensi\u00f3n del tr\u00e1mite de los procesos contenciosos judiciales de contenido patrimonial contra la algodonera, por causa o t\u00edtulo anterior a su presentaci\u00f3n (12\/11\/2024) y su radicaci\u00f3n ante este juzgado con \u201cprohibici\u00f3n de deducirse nuevas acciones con fundamento en tales causas o t\u00edtulos, a partir de la publicaci\u00f3n de edictos\u201d. En otro apartado, prohibi\u00f3 la salida del pa\u00eds del directorio de AA sin previa comunicaci\u00f3n al juzgado.<\/p>\n<p>En cuanto al proceso concursal, constituy\u00f3 el comit\u00e9 provisorio de control y, en tal cometido, design\u00f3 \u00a0como integrantes titulares del mismo a los acreedores quirografarios Amera Capital Management LLC, Empresa Provincia de la Energ\u00eda de Santa Fe (EPE) y Administraci\u00f3n Federal de Ingresos P\u00fablicos \u2013 Agencia de Recaudaci\u00f3n y Control Aduanero.<\/p>\n<p>Ser\u00e1n suplentes del \u00f3rgano los siguientes acreedores quirografarios; Oleaginosa San Lorenzo SA, Zurich Argentina Compa\u00f1\u00eda de Seguros SA y Sechep.<\/p>\n<p>En el final, orden\u00f3 a las empresas proveedoras de energ\u00eda el\u00e9ctrica de Santa Fe, Chaco y Santiago del Estero a que, en la medida en que hubieran interrumpido o suspendido dicho servicio, \u201cdeber\u00e1n restablecerlo en su totalidad a partir de la notificaci\u00f3n de la presente\u201d; mientras que advirti\u00f3 a las empresas que a\u00fan no lo hubieran suspendido o interrumpido que \u201cse encuentran impedidas de adoptar dicha medida, debiendo continuar con la prestaci\u00f3n del servicio que brindan a la sociedad concursada\u201d. El juez Lorenzini aclar\u00f3 que la textil no es garante del concurso de Vicentin SAIC, como hab\u00eda trascendido.<\/p>\n<p><strong>Motivo de peso<\/strong><\/p>\n<p>Para concursarse, la conducci\u00f3n de Algodonera Avellaneda hab\u00eda expuesto que a principios del a\u00f1o 2020 fue necesario realizar fuertes cambios en la gesti\u00f3n de sus negocios sociales, fundamentalmente por las restricciones financieras que sufri\u00f3 la firma como consecuencia de seguir garantizando con hipoteca sobre el inmueble donde funciona la hilander\u00eda, una l\u00ednea de cr\u00e9dito del BNA por U$S 300 millones a favor de Vicentin SAIC (hoy concursada).<\/p>\n<p>En virtud de las dificultades financieras que represent\u00f3 para Algodonera Avellaneda el concursamiento de Vicentin SAIC y la inexistencia de financiamiento para su capital de trabajo, su directorio modific\u00f3 su operatoria habitual para reconvertirla a una modalidad de prestaci\u00f3n de servicios a terceros (faz\u00f3n), en todas sus unidades de negocios. Tambi\u00e9n influy\u00f3 en este presente de penuria que el mes de octubre del a\u00f1o 2019 fue el \u00faltimo per\u00edodo de tiempo en el cual trabaj\u00f3 con materia prima propia. Todo dado en un contexto desafiante que afronta la producci\u00f3n algodonera en general.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El juez Lorenzini acept\u00f3 el pedido de la empresa. La intim\u00f3 a presentar los libros contables y suspendi\u00f3 los juicios en su contra. Prohibi\u00f3 al directorio la salida del pa\u00eds. De un escrito de 14 p\u00e1ginas y 21 puntos resolutivos se vali\u00f3 el juez de 1ra. Instancia Civil y Comercial de la 2da. 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