{"id":57201,"date":"2024-11-19T17:31:34","date_gmt":"2024-11-19T20:31:34","guid":{"rendered":"https:\/\/infovera.com.ar\/web\/?p=57201"},"modified":"2024-11-20T11:58:19","modified_gmt":"2024-11-20T14:58:19","slug":"fue-condenado-por-abuso-sexual-a-un-jefe-de-inspectores-municipales-que-era-diacono-permanente","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/infovera.com.ar\/web\/2024\/11\/19\/fue-condenado-por-abuso-sexual-a-un-jefe-de-inspectores-municipales-que-era-diacono-permanente\/","title":{"rendered":"Fue condenado por abuso sexual un jefe de inspectores municipales que era di\u00e1cono permanente"},"content":{"rendered":"<p>Hab\u00eda sido denunciado por dos subalternas. La pena impuesta fue de 1,6 a\u00f1o de prisi\u00f3n condicional. La justicia lo absolvi\u00f3 por otro cargo de id\u00e9ntico tenor, pero con acceso carnal.<\/p>\n<p>En un audiencia que se extendi\u00f3 m\u00e1s all\u00e1 de lo habitual, pasadas las 14 de martes la jueza penal Norma Senn complet\u00f3 la lectura del veredicto condenatorio para Rolando Quar\u00edn, exjefe de inspectores municipales del municipio de Reconquista.<\/p>\n<p>En su decisorio, la magistrada lo sentenci\u00f3 a 1 a\u00f1o y 6 meses de prisi\u00f3n de cumplimiento condicional m\u00e1s reglas de conducta durante tres a\u00f1os, y las costas del proceso por el delito de abuso sexual simple del que result\u00f3 v\u00edctima una inspectora, que al momento del hecho se desempe\u00f1aba en la Direcci\u00f3n Municipal de Tr\u00e1nsito que comandaba el condenado. Por el beneficio de la duda, lo absolvi\u00f3 de otra acusaci\u00f3n por abuso sexual con acceso carnal.<\/p>\n<p>\u201cRoli\u201d Quar\u00edn hab\u00eda sido denunciado e imputado en mayo del a\u00f1o pasado por abusos sexuales agravados por ser con acceso carnal (en tres oportunidades) y abuso sexual gravemente ultrajante, tras lo cual cumpli\u00f3 prisi\u00f3n preventiva por 90 d\u00edas.<\/p>\n<p>En el juicio oral que se sustanci\u00f3 en los Tribunales de Reconquista por espacio de dos semanas, la jueza Senn dio por probado el hecho de abuso sexual simple contra Y. R., pero absolvi\u00f3 el acusado por falta de pruebas en tres hechos de abuso sexual con acceso carnal por los que fue apuntado por P. L.<\/p>\n<p>Fundamentos<\/p>\n<p>Una vez conocido el fallo, la fiscal Georgina D\u00edaz se refiri\u00f3 a que \u201chemos escuchado no solamente el veredicto, sino tambi\u00e9n los fundamentos. Su se\u00f1or\u00eda les ha dado lectura en presencia de todas las partes. Como conclusi\u00f3n, ha resuelto absolver al acusado por falta de pruebas y por in dubio pro reo. Entonces, si bien los ha le\u00eddo, vamos a esperar a tener una copia de estos fundamentos para poder analizarlos y, por supuesto, analizar la etapa recursiva con respecto al primer hecho\u201d, el de abuso sexual con acceso carnal reiterado.<\/p>\n<p>La funcionaria dijo que \u201ccon respecto al segundo hecho, lo ha dado por probado, no ha dado por probado la reiteraci\u00f3n, como lo hemos acusado, y tambi\u00e9n vamos a estar a la espera de esos fundamentos\u201d.<\/p>\n<p>La Dra. D\u00edaz atribuy\u00f3 \u201ccuestiones de interpretaci\u00f3n\u201d el argumento expresado por la jueza acerca de que \u201clos testigos de contexto no han aportado informaci\u00f3n conducente en relaci\u00f3n a la declaraci\u00f3n de la propia v\u00edctima. (\u2026) tenemos que conocer y analizar todo el fallo en su generalidad para poder expresarnos respecto al recurso a interponer\u201d.<\/p>\n<p>Paralelamente, valor\u00f3 que \u201cel primer hecho no se ha tenido por probado, el segundo s\u00ed, y se ha condenado al se\u00f1or Quar\u00edn y tambi\u00e9n se le ha impuesto las costas del proceso\u201d<\/p>\n<p>&#8211; \u00bfCu\u00e1l es su impresi\u00f3n en relaci\u00f3n al juicio?<\/p>\n<p>&#8211; Yo estoy muy conforme con la realizaci\u00f3n del proceso, de c\u00f3mo se pudieron expresar los testigos. S\u00ed, hay una particularidad aqu\u00ed y la vulnerabilidad emocional, y la jueza lo dio por probado, de las v\u00edctimas ante el develamiento de este hecho. Incluso, uno de los testigos hasta el d\u00eda de hoy o hasta este a\u00f1o mantuvo relaci\u00f3n laboral extramunicipal con el imputado. Entonces, es una cuesti\u00f3n que hay que considerar y va a ser materia, por supuesto, de nuestros recursos.<\/p>\n<p>Suspendido<\/p>\n<p>En junio de 2019, Rolando Edgardo Quar\u00edn fue ordenado di\u00e1cono permanente en una celebraci\u00f3n realizada en la Iglesia Catedral de Reconquista. A ra\u00edz de las denuncias, el 9 de mayo de 2023 fue imputado por atentar contra la integridad sexual de dos agentes de tr\u00e1nsito. Ese mismo d\u00eda y ante la conmoci\u00f3n el caso gener\u00f3 en al comunidad, el obispo diocesano \u00c1ngel Jos\u00e9 Mac\u00edn, decidi\u00f3 restringir el ejercicio p\u00fablico de su ministerio diaconal e iniciar de oficio la investigaci\u00f3n preliminar can\u00f3nica, prevista para estos casos.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Hab\u00eda sido denunciado por dos subalternas. La pena impuesta fue de 1,6 a\u00f1o de prisi\u00f3n condicional. La justicia lo absolvi\u00f3 por otro cargo de id\u00e9ntico tenor, pero con acceso carnal. 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