{"id":52759,"date":"2024-06-11T10:36:33","date_gmt":"2024-06-11T13:36:33","guid":{"rendered":"https:\/\/infovera.com.ar\/web\/?p=52759"},"modified":"2024-06-11T10:36:33","modified_gmt":"2024-06-11T13:36:33","slug":"la-camara-dejo-firme-la-homologacion-del-acuerdo-de-acreedores-con-vicentin","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/infovera.com.ar\/web\/2024\/06\/11\/la-camara-dejo-firme-la-homologacion-del-acuerdo-de-acreedores-con-vicentin\/","title":{"rendered":"La C\u00e1mara dej\u00f3 firme la homologaci\u00f3n del acuerdo de acreedores con Vicentin"},"content":{"rendered":"<p>Los acreedores deben esperar un acuerdo por la deuda con el Banco Naci\u00f3n, y que se levanten las cautelares que en materia penal inhiben ejecutar la sentencia.<\/p>\n<p>La C\u00e1mara de Apelaciones en lo civil, Comercial y Laboral de Reconquista resolvi\u00f3 denegar el Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto por Commodities S.A. contra la homologaci\u00f3n del acuerdo de acreedores en el marco del concurso de Vicnetin SA, lo que supone dejar en firme la sentencia en ese sentido de la propia C\u00e1mara.<\/p>\n<p>Esta \u00faltima instancia, en el fuero que le quedaba al principal actor de la oposici\u00f3n al acuerdo que permite mantener activa a la empresa, hab\u00eda sido desalentada por el fiscal Miguel Molinari a mediados de mayo. Con la firma de los jueces Santiago Dalla Fontana y Mauricio S\u00e1nchez -Alejandro Roman se abstuvo- el tribunal no encontr\u00f3 por parte del impugnante &#8220;un relato claro y circunstanciado de los hechos relevantes&#8221; que justifiquen su pretensi\u00f3n.<\/p>\n<p>Los jueces desestimaron la &#8220;supuesta abusividad de la propuesta concursal por considerar que esta genera quita del 80% de su acreencia&#8221; con pagos emplazados a 12 a\u00f1os, frente a lo que calificaban como un mejor tratamiento a acreedores de menor cuant\u00eda. El tribunal aclar\u00f3 adem\u00e1s que la &#8220;incertidumbre del cramdown&#8221; no garantizar\u00eda mejor tratamiento a los actores defaulteados. &#8220;Los vicios de arbitrariedad que el recurrente intenta atribuir a la sentencia de alzada no se encuentran configurados&#8221;, se\u00f1al\u00f3 el fallo.<\/p>\n<p>Advierte que m\u00e1s all\u00e1 de la &#8220;mera disconformidad&#8221; de Commodities con la homologaci\u00f3n del acuerdo, &#8220;el acogimiento del recurso implicar\u00eda la apertura de una nueva instancia ordinaria de revisi\u00f3n, destruy\u00e9ndose as\u00ed la finalidad de este instituto y ampli\u00e1ndose indebidamente la competencia de la Corte, ya que las quejas y su insistencia sobre el supuesto yerro interpretativo realizado por esta C\u00e1mara, no logran acreditar el menoscabo del derecho constitucional invocado&#8221;.<\/p>\n<p>M\u00e1s adelante el escrito judicial se\u00f1ala que &#8220;en coincidencia con lo manifestado por el Sr. Fiscal de C\u00e1maras, los presuntos defectos invocados por el recurrente no cuentan con andamiaje jur\u00eddico suficiente para el franqueamiento de la instancia extraordinaria, pues en la resoluci\u00f3n impugnada este Cuerpo ha expresado las razones que determinaron su decisi\u00f3n, las que fueron conocidas por el sentenciado, y sus fundamentos encajan dentro del marco de posibilidades l\u00f3gicas de la hermen\u00e9utica jur\u00eddica&#8221;.<\/p>\n<p>Si bien la homologaci\u00f3n del acuerdo ya no tiene instancia jur\u00eddica que pueda cuestionarlo o demorarlo, eso no significa que los acreedores empiecen a cobrar de inmediato. Es que para que eso suceda Vicentin debe llegar a un acuerdo con las autoridades del Banco Naci\u00f3n, que por ser acreedor no quirografario de la empresa con sede en Avellaneda, est\u00e1 negociando un entendimiento de pago por fuera del expediente, con apoyo de los inversores estrat\u00e9gicos que se har\u00e1n cargo del 95% de la empresa y que mantienen activas las unidades productivas: Bunge Argentina, Viterra y la Asociaci\u00f3n de Cooperativas Argentinas (ACA)<\/p>\n<p>Pero adem\u00e1s, si esa condici\u00f3n se verifica -hay negociaciones en desarrollo para ese fin- del juez Fab\u00edan Lorenzini depende un cap\u00edtulo m\u00e1s de la compleja trama. El magistrado debe resolver sobre las cautelares &#8220;penales&#8221; ordenadas por jueces desde Rosario, quienes analizan los comportamientos del ex directorio de Vicentin en la trama que precipit\u00f3 el default. La empresa busca hacer valer la jurisprudencia seg\u00fan la cual la disposici\u00f3n de los bienes es materia de la causa concursal, m\u00e1s all\u00e1 de los expedientes penales.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Los acreedores deben esperar un acuerdo por la deuda con el Banco Naci\u00f3n, y que se levanten las cautelares que en materia penal inhiben ejecutar la sentencia. 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