{"id":35570,"date":"2022-05-31T08:20:57","date_gmt":"2022-05-31T11:20:57","guid":{"rendered":"https:\/\/infovera.com.ar\/web\/?p=35570"},"modified":"2022-06-01T12:21:07","modified_gmt":"2022-06-01T15:21:07","slug":"la-camara-de-resistencia-decidira-si-batistuta-paga-o-no-el-aporte-solidario","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/infovera.com.ar\/web\/2022\/05\/31\/la-camara-de-resistencia-decidira-si-batistuta-paga-o-no-el-aporte-solidario\/","title":{"rendered":"La C\u00e1mara de Resistencia decidir\u00e1 si Batistuta paga o no el aporte solidario"},"content":{"rendered":"<p><strong>El exgoleador hab\u00eda presentado una cautelar para evitar el tributo. Pero fue rechazada por inconstitucional por la justicia federal de primera instancia. Las actuaciones pasaron al tribunal de alzada.<\/strong><\/p>\n<p>Luego del rev\u00e9s judicial que sufriera en primera instancia, el exdelantero de la selecci\u00f3n nacional Gabriel Omar Batistuta espera ahora que la C\u00e1mara Federal de Apelaciones de Resistencia resuelva su pedido para ser eximido del pago del aporte solidario.<\/p>\n<p>Ese tributo denominado Aporte Solidario y Extraordinario fue aprobado por el Congreso en diciembre de 2020 para ayudar a morigerar los efectos de la pandemia y como uno de los instrumentos implementados por el Estado nacional para ampliar y fortalecer las fuentes de financiamiento en el marco de la pandemia del Covid-19.<\/p>\n<p>El exjugador reconvertido en empresario ganadero hab\u00eda interpuesto una medida cautelar, para dejar de estar alcanzado por la norma, ante el fuero en lo Contencioso Administrativo N\u00ba 4 de la Ciudad Aut\u00f3noma de Buenos Aires, instancia que se declar\u00f3 incompetente y remiti\u00f3 las actuaciones al Juzgado Federal de Reconquista.<\/p>\n<p>En el fuero federal norte\u00f1o, su titular Dr. Aldo Mario Alurralde no hizo lugar a la cautelar planteada para que no se le exija el aporte solidario y extraordinario creado por la Ley N\u00ba 27.605 -y reglamentado mediante un decreto del Poder Ejecutivo y una Resoluci\u00f3n General de AFIP &#8211; por considerarla inconstitucional por violar las garant\u00edas de propiedad, razonabilidad e igualdad establecidas por la Constituci\u00f3n Nacional.<\/p>\n<p>Esa resoluci\u00f3n del magistrado federal de Reconquista fue emitida dos semanas atr\u00e1s. Tras ser apelada, se tramita ahora en el tribunal superior como es la C\u00e1mara Federal de Apelaciones de la ciudad Resistencia, que deber\u00e1 expedirse sobre si confirma o no el decisorio de primera instancia.<\/p>\n<p>Batistuta hab\u00eda solicitado que la causa se mantuviera en reserva por tratarse de cuestiones civiles patrimoniales y por ser una persona p\u00fablica. Fuentes judiciales indicaron que es un derecho que le asiste procesalmente previsto en la ley para cuestiones civiles, por lo cual en el sistema inform\u00e1tico de consulta web est\u00e1 restringido el acceso a terceros e impide formular declaraciones p\u00fablicas a los funcionarios judiciales que entienden en el caso.<\/p>\n<p><strong>Embargo<\/strong><\/p>\n<p>El 17 de marzo pasado, por pedido de la AFIP el juez federal Alurralde trab\u00f3 embargo sobre bienes de Batistuta por la suma de 3.853.341 pesos por deudas al fisco. La medida preventiva estuvo relacionada con impuestos a bienes personales, contribuciones y aportes no tributados, y no por la falta de pago del Aporte Solidario y Extraordinario, com\u00fanmente conocido como \u201cimpuesto a la riqueza\u201d.<\/p>\n<p>En aquel momento, el funcionario explic\u00f3 que el reclamo se deb\u00eda a una \u201cdeuda tributaria\u201d y no de un caso de evasi\u00f3n fiscal: \u201cLa evasi\u00f3n es otra cosa, es un delito penal en donde el contribuyente intenta hacerle creer al fisco que no debe o que adeuda menos de lo que adeuda mediante un ardid o enga\u00f1o. Ac\u00e1 (en el caso de Batistuta) hablamos de una deuda tributaria que est\u00e1 exigiendo su pago el fisco\u201d.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El exgoleador hab\u00eda presentado una cautelar para evitar el tributo. Pero fue rechazada por inconstitucional por la justicia federal de primera instancia. Las actuaciones pasaron al tribunal de alzada. 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