{"id":25671,"date":"2021-08-30T16:36:29","date_gmt":"2021-08-30T19:36:29","guid":{"rendered":"https:\/\/infovera.com.ar\/web\/?p=25671"},"modified":"2021-08-30T16:36:29","modified_gmt":"2021-08-30T19:36:29","slug":"el-mpa-solicito-que-se-revoque-la-prescripcion-en-la-investigacion-por-el-vaciamiento-del-banco-provincial-de-santa-fe","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/infovera.com.ar\/web\/2021\/08\/30\/el-mpa-solicito-que-se-revoque-la-prescripcion-en-la-investigacion-por-el-vaciamiento-del-banco-provincial-de-santa-fe\/","title":{"rendered":"El MPA solicit\u00f3 que se revoque la prescripci\u00f3n en la investigaci\u00f3n por el vaciamiento del Banco Provincial de Santa Fe"},"content":{"rendered":"<p><strong>Fue a trav\u00e9s de un escrito de apelaci\u00f3n presentado el viernes pasado y que lleva la firma del Fiscal Regional, Carlos Arietti, y de los fiscales Mariela Jim\u00e9nez y Jorge Nessier. \u201cAl declarar extinguida la acci\u00f3n penal se impide continuar con la persecuci\u00f3n de delitos de extrema gravedad\u201d, afirman los funcionarios del MPA.<\/strong><\/p>\n<p>El MPA apel\u00f3 la resoluci\u00f3n de primera instancia en la que, por el paso del tiempo, se declar\u00f3 extinguida la acci\u00f3n penal en la investigaci\u00f3n de las maniobras por m\u00e1s de 500 millones de d\u00f3lares que provocaron el denominado vaciamiento de recursos del Banco Provincial de Santa Fe.<\/p>\n<p>La apelaci\u00f3n fue presentada el pasado viernes ante la Oficina de Gesti\u00f3n Judicial (OGJ) de los tribunales de la capital provincial. El documento lleva la firma de la fiscal a cargo de la investigaci\u00f3n, Mariela Jim\u00e9nez, y del fiscal Jorge Nessier. Tambi\u00e9n fue rubricado por el Fiscal Regional, Carlos Arietti.<\/p>\n<p><strong>Impunidad<\/strong><\/p>\n<p>\u201cLa decisi\u00f3n del MPA es investigar las maniobras financieras que se realizaron en lo que era la entidad bancaria estatal de Santa Fe, sin dudas la m\u00e1s importante de toda la provincia y una de las m\u00e1s s\u00f3lidas del pa\u00eds\u201d, sostuvo la fiscal Jim\u00e9nez. \u201cEstamos hablando de un vaciamiento de recursos del banco por m\u00e1s de 500 millones de d\u00f3lares\u201d, agreg\u00f3.<\/p>\n<p>La funcionaria del MPA se\u00f1al\u00f3 que \u201cla resoluci\u00f3n que impugnamos causa un gravamen irreparable, de car\u00e1cter serio, concreto y real\u201d. En tal sentido, subray\u00f3 que \u201cal declararse extinguida la acci\u00f3n penal no se pueden seguir investigando delitos de extrema gravedad\u201d.<\/p>\n<p>\u201cEntendemos que la acci\u00f3n penal no est\u00e1 prescripta\u201d, a\u00f1adi\u00f3 Jim\u00e9nez. Asimismo, remarc\u00f3 que \u201cla investigaci\u00f3n debe continuar para evitar la impunidad de un sin n\u00famero de hechos il\u00edcitos que, entre otras cuestiones, podr\u00edan acarrear responsabilidad internacional del Estado\u201d.<\/p>\n<p>Por \u00faltimo, explic\u00f3 que \u201cen la apelaci\u00f3n pedimos que se revoque la resoluci\u00f3n que declara extinguida la acci\u00f3n penal y tambi\u00e9n solicitamos que el tribunal de Alzada que entienda en el tema resuelva el planteo sin reenv\u00edo, es decir sin que tenga que realizarse un nuevo juicio o procedimiento\u201d.<\/p>\n<p><strong>Maniobras<\/strong><\/p>\n<p>\u201cLa modalidad delictiva utilizada entre 1983 y 1990 fue el otorgamiento de pr\u00e9stamos de alt\u00edsimo riesgo, de muy dif\u00edcil \u2013cuando no imposible\u2013 recuperaci\u00f3n y sin justificativos razonables a beneficiarios VIP\u201d, precis\u00f3 la fiscal. Detall\u00f3 que \u201ctambi\u00e9n se hizo una transferencia de recursos del banco hacia el gobierno provincial, la cual fue considerada como el \u2018golpe de gracia\u2019 a la entidad\u201d.<\/p>\n<p>Por otra parte, la fiscal del MPA indic\u00f3 que, \u201ccomo surge de las actuaciones y es de p\u00fablico conocimiento, el 12 de julio de 1991 el banco se privatiz\u00f3. Es decir, al poco tiempo de la implementaci\u00f3n de los pr\u00e9stamos, la entidad se transform\u00f3 en una sociedad an\u00f3nima con participaci\u00f3n estatal mayoritaria\u201d.<\/p>\n<p><strong>Denuncia<\/strong><\/p>\n<p>La investigaci\u00f3n se inici\u00f3 a partir de una denuncia presentada el 27 de agosto de 1990 por integrantes de la Comisi\u00f3n Gremial de Empleados del Banco Provincial de Santa Fe y por el Banco Central de la Rep\u00fablica Argentina.<\/p>\n<p>\u201cLa denuncia estuvo inmovilizada durante 14 a\u00f1os en el juzgado Civil y Comercial de la Sexta Nominaci\u00f3n de la justicia provincial, y otros cinco a\u00f1os m\u00e1s en la secretar\u00eda del juzgado federal n\u00famero 1 de Santa Fe\u201d, record\u00f3 Jim\u00e9nez. \u201cFinalmente, el 24 de junio de 2013, el juez federal Reinaldo Rodr\u00edguez declar\u00f3 extinguida la acci\u00f3n penal\u201d, inform\u00f3.<\/p>\n<p>\u201cNo obstante, el 22 de abril de 2016, la sala A de la C\u00e1mara Federal de Rosario resolvi\u00f3 revocar la resoluci\u00f3n del juez federal Rodr\u00edguez\u201d, valor\u00f3 la fiscal Jim\u00e9nez. \u201cAdem\u00e1s, el 5 de diciembre tambi\u00e9n de 2016, los mismos camaristas aceptaron una apelaci\u00f3n del fiscal federal Walter Rodr\u00edguez y concluyeron que no hab\u00eda obst\u00e1culo procesal ni de \u00edndole jur\u00eddica para que se realice una investigaci\u00f3n seria\u201d, puntualiz\u00f3.<\/p>\n<p>Por \u00faltimo, la fiscal concluy\u00f3 que \u201cuno de los abogados defensores present\u00f3 un planteo de incompetencia de la Justicia Federal, el cual fue aceptado. Por eso, se remiti\u00f3 el expediente a la Justicia Provincial, y en abril de 2019 se inici\u00f3 una investigaci\u00f3n penal preparatoria en el MPA que es la que estamos trabajando ahora\u201d.<\/p>\n<p><strong>Agravios<\/strong><\/p>\n<p>En su apelaci\u00f3n, los fiscales Jim\u00e9nez, Nessier y Arietti enumeraron cinco agravios y plantearon que \u201cel fallo que declara la prescripci\u00f3n no re\u00fane las condiciones m\u00ednimas necesarias para satisfacer el derecho a la jurisdicci\u00f3n e incurre en diversos vicios\u201d.<\/p>\n<p>\u201cEl primero de los agravios se centra en la afectaci\u00f3n de las garant\u00edas de imparcialidad e impartialidad del juzgador\u201d, especificaron los fiscales y reiteraron que \u201cel juez que resolvi\u00f3 la prescripci\u00f3n deber\u00eda haberse apartado, ya que tiene un v\u00ednculo familiar muy estrecho con uno de los 30 principales deudores que m\u00e1s perjuicio le causaron al banco\u201d.<\/p>\n<p>En relaci\u00f3n al segundo agravio, los fiscales argumentaron que \u201ces por la aplicaci\u00f3n arbitraria del instituto de la prescripci\u00f3n de la acci\u00f3n penal\u201d. Los funcionarios del MPA consideraron que \u201cla prescripci\u00f3n resuelta est\u00e1 en abierta contradicci\u00f3n con las resoluciones dictadas por la C\u00e1mara Federal que ya se\u00f1al\u00f3 que no existe obst\u00e1culo procesal ni de \u00edndole juridica que impida avanzar con una investigaci\u00f3n seria\u201d.<\/p>\n<p>Acerca del tercero informaron que \u201cla razonabilidad de la duraci\u00f3n de los plazos \u2013tal como sostuvo la Corte Interamericana de Derechos Humanos\u2013 debe ajustarse en cada caso a la complejidad del asunto, la conducta del \u00f3rgano judicial, la actividad de la defensa y la afectaci\u00f3n generada por la duraci\u00f3n del procedimiento en la situaci\u00f3n jur\u00eddica de la persona involucrada\u201d.<\/p>\n<p>Por \u00faltimo, los fiscales finalizaron que el cuarto y el quino agravio son \u201cpor el apartamiento de la normativa legal aplicable en cuanto a la suspensi\u00f3n de la prescripci\u00f3n de la acci\u00f3n penal y a la afectaci\u00f3n del principio constitucional de \u2018ne bis in idem\u2019, respectivamente\u201d. En tal sentido, concluyeron que \u201cla resoluci\u00f3n que impugnamos omiti\u00f3 aplicar al caso la normativa que prev\u00e9 la suspensi\u00f3n de la prescripci\u00f3n ante la presencia de imputados que son funcionarios p\u00fablicos de alto nivel, que es lo que ocurre en este proceso\u201d.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Fue a trav\u00e9s de un escrito de apelaci\u00f3n presentado el viernes pasado y que lleva la firma del Fiscal Regional, Carlos Arietti, y de los fiscales Mariela Jim\u00e9nez y Jorge Nessier. \u201cAl declarar extinguida la acci\u00f3n penal se impide continuar con la persecuci\u00f3n de delitos de extrema gravedad\u201d, afirman los funcionarios del MPA. 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